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como marcha una lectura de cargos en California..

los tribunales de california y telefonos de Santa Barbara

Lectura de cargos
Si el fiscal presenta cargos, el acusado irá a la corte. La primera vez que el acusado va a la corte se llama la "lectura de cargos" ("arraignment" en inglés). Si el acusado está preso, la lectura de cargos ocurrirá dentro de 48 a 72 horas. Si el acusado no está preso, la lectura de cargos puede no ocurrir por varias semanas.

En la lectura de cargos, un juez le dirá al acusado cuáles son los cargos. El juez también preguntará si el acusado se quiere declarar "culpable", "no culpable" o "que no se opone a los cargos".

Si el acusado se declara "culpable" o "no se opone a los cargos", el juez puede sentenciarlo inmediatamente. La víctima tiene derecho a estar presente y hablar con el juez en este momento.

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Conferencia antes del juicio (sólo para casos de delitos menores)
Si el acusado se declara "no culpable", el juez fijará una fecha para una conferencia antes del juicio.

En la conferencia antes del juicio, el juez, un fiscal y el abogado del acusado hablarán sobre el caso.

La víctima tiene derecho a estar ahí, pero no es obligatorio. Si el acusado aún se declara "no culpable", el juez fijará una fecha para el juicio.

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Audiencia preliminar (sólo para casos de delitos mayores)
Si una persona acusada de un delito mayor se declara "no culpable", habrá una audiencia preliminar para que el juez decida si el fiscal tiene suficientes pruebas para procesar el caso contra el acusado.

Se pedirá a la víctima que testifique. La víctima tiene derecho a tener una persona de apoyo consigo durante esta audiencia.

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Juicio
La mayoría de los casos de violencia en el hogar no va a juicio. En la mayoría de los casos, el acusado se declara "culpable" o "no se opone a los cargos".

Si el acusado se declara "no culpable", habrá un juicio y la fiscalía tiene que probar "más allá de duda razonable" que el acusado es culpable.

Se pedirá a la víctima que testifique en el juicio. La víctima tiene derecho a tener una persona de apoyo consigo durante el juicio.

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La víctima puede ser un testigo
La corte puede obligar la comparecencia (citar) de la víctima en la corte. Si la víctima no va a la corte como se lo ordenaron, la corte la puede poner bajo custodia para asegurar que la víctima esté presente para testificar.

Si la corte no emite una orden de comparecencia, la víctima no tiene que ir a la corte.

La víctima no necesita abogado. Pero la víctima puede hablar con o contratar a un abogado si desea hacerlo.

La víctima tiene derecho a estar presente en la corte por cualquier asunto que tenga que ver con el acusado.

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r favor entrar a esta pagina, de ser verdadera creo que podemos hacer mucho aqui, no???

http://www.lasuperiorcourt.org/court2000/

darle a español y despùes darle clik a la fotografia que aparece y despues aparecen las opciones que deseas consultar, ya sea preguntas a un juez de los angeles, acceso a las cortes de los angeles, informacion... etc, solo que el resto esta en ingles y yo no entiendo mucho eso...

TELEFONOS que proporciona la corte de Santa Barbara California:

Llame por favor la oficina de Santa Barbara en 805-568-3175 para un horario de horas sin llamar o llame 805-568-3133 para hablar con nuestra recepcionista.

por si hay que recordarle su madre a alguno, ja, ja, ja,


Ayuda De la Ayuda Del Niño: Departamento del condado de Santa Barbara de los servicios de ayuda del niño [ www.co.santa-barbara.ca.us/dcss/] : Ésta es la agencia del condado de Santa Barbara que puede establecer familia, conseguir o modificar órdenes de la ayuda del niño y recoger el niño y ayuda spousal del ayuda y médica.
 
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