Miaru
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Hola!
Os voy a dejar un video sobre la reforma esta de "no diremos que es cadena perpetua que queda feo" para que los que no sepáis de derecho os posicionéis (tanto a nivel español como europeo) y los que sepamos para debatir con el suceso ya explicado.
He tenido el placer de tener a esta mujer en clase y es maravillosa. Clara y coherente, como siempre. Mercedes García Arán, catedrática de derecho penal de la UAB.
García Arán: El video
Como está en catalán, voy a tomarme el trabajazo de transcribiroslo todo, para que luego no os quejéis y me digáis catalanista :cuñao
"Josep Cuní: De momento en voluntad de aplicar el programa electoral del PP, hoy Alberto Ruiz Gallardón ha hablado de aplicar la pena provisional revisable, un eufemismo para que no le podamos decir constitucionalmente, cadena perpetua.
García Arán: Pero esto no cambia los problemas de constitucionalidad. Yo, bueno, ya veremos como lo ponen en el proyecto pero de momento lo que sabemos es lo que ha dicho el ministro. Yo supongo que pena permanente revisable es que lo meten allí y no te decimos cuando te sacamos pero ya lo revisaremos de aquí a unos años.
Cuní: Cada país tiene unos terminios de revisión.
Arán: Yo he de decir que, hoy cuando lo he oído y, cuando se comenzaron a hacer estas propuestas antes, no se entiende demasiado porque (te enseñan los años impuestos en cada país). Va muy bien tenerlos delante porque, a ver, ahora con el Código Penal vigente la delincuencia muy grave, yo que sé ahora he hecho unos números y he visto que por ejemplo:
-Dos asesinatos muy agravados (ensañamiento, alevosía, etc) tienen una pena de 40 años NO revisable
-Dos asesinatos terroristas lo mismo
Que es más grave que esto que propone el ministro si como dice él es proporcional a nivel europeo. A nivel europeo hemos visto que se revisa a los quince, veinte años... Esto figura que es más leve que lo que tenemos ahora para una delincuencia muy muy fuerte, muy dura ¿no? Igual es que están pensando en unos casos todavía más graves, pero entonces no me salen los números. Es decir, si son casos más graves que los que ahora tienen la pena de 40 años que no se revisa... No me cuadra.
Yo me inclino por pensar que es una propuesta, ya antes lo he dicho, propagandística. Ha habido un clamor por la cadena perpetua delante de casos muy graves, realmente...
Cuní: Marta del Castillo..
Arán: Marta el Castillo, etc etc. Pero es que esta reivindicación popular de la cadena perpetua, cuando se pide, lo que se pide es que los encierren y tiren la llave y esto ni aquí ni en Europa ni en ningún lado. Esto si que es directamente inconstitucional. Como saben que es inconstitucional dirán bueno, lo revisaremos y ya está pero oiga, ¿y la de cuarenta años que no se revisa? Entonces ¿para qué queda?
Cuní: Una cuestión, menos en casos de terrorismo, una persona ¿cuánto tiempo máximo puede estar?
Arán: 40, y el terrorismo también. Sin revisar. Hay unas reglas complicadas, pero es decir, he buscado unos ejemplos.
Cuní: Y ¿cuántas personas pasan 40 años en la cárcel?
Arán: a ver esto de los 40 años está puesto desde hace relativamente poco, antes eran 20, 30.. Por lo tanto, las condenas de 40 años que se pongan ahora hasta dentro de 40 años no lo sabremos. Seguramente no estaremos aquí ninguno de nosotros. Por lo tanto, cuando se habla de 30, 40 años nadie está en condiciones de decir como será el país y el código penal de aquí a 40 años. No haga demagogia.
De aquí a 40 años no sabremos que mundo tendremos. Pero en cualquier caso, supongo que la pregunta va por las liberaciones que se producen a veces al final de la condena. Es verdad tenemos un sistema de libertad condicional según el cual cuando se han cumplido tres cuartas partes de la pena el último cuarto se puede cumplir con libertad, pero se está cumpliendo la pena, es decir, se está sometido a controles, sometido a condiciones y si vuelve a cometer otro delito va para dentro.
Cuní: Cumplir con libertad quiere decir, por ejemplo, solo ir a dormir a la cárcel..
Arán: no, eso es el régimen abierto que va antes. La libertad condicional es condicional, que en los casos de terrorismo no, eh? No se puede. Entonces, esto es un sistema que es del S. XVIII, quiero decir que tampoco es una cosa disparatada de hace cuatro días, que lo que pretende es la reincorporación/la libertad no sean brusca, que sea gradual.
Tanto es así que aquí en Cataluña se hizo una investigación, hace unos años se comprobó que los que se incorporaban bruscamente a la a la libertad, es decir, sin pasar por el régimen abierto ni la libertad condicional reincidían el doble, que los que se habían incorporado poco a poco. Es la confusión de "ya está en libertad condicional, ya está fuera" a ver, está cumpliendo el último tramo de la pena en libertad sometido a control, sometido a reglas de conducta, etc. ¿Cuántos la han cumplido? Lo sabremos de aquí a muchos años, que estos 40 años son de hace relativamente poco.
Cuní: ¿Y porqué no le podemos llamar cadena perpetua?
Arán: No lo sé, esté país ya... Yo desde que el recreo de las criaturas se le llama segmento de ocio, señor Cuní, yo estoy dispuesta a creer cualquier cosa... No, no sé, me lo tendría que pensar.
Cuní: No, lo digo porque estamos con los eufemismos que es esa manera de no querer decir.. Antes ya comentabas que esto, hoy cuando lo he sabido, me ha recordado al título de aquella película de Woody Allen "¿Por que le llamamos amor cuando queremos decir sexo?".
Arán: Yo supongo que la palabra perpetua tiene una carga semántica peor, pero realmente hablan de lo mismo. Después hay otra cosa, el PP y también un sector importante de la opinión pública -no lo neguemos- ha dado una auténtica "tabarra" (que son pesados) con el cumplimiento íntegro de las penas. Tanto es así que han hecho una ley de cumplimiento íntegro y efectivo, cuando todas las penas se cumplen íntegramente, si bien la última parte se puede cumplir en libertad.
Entonces... Tampoco lo entiendo. Porque si el eslogan/objetivo era el cumplimiento íntegro ahora resulta que para unos casos que son los más horribles y los más noséqué, éstas (las penas) no se cumplirán íntegramente.
(Ponen el video de Gallardón).
Cuní: máximo grado de repulsa social... ¿Qué quiere decir esto?
Arán: esto también lo he oído antes y confío que también sea..
Señor 1 (XD no sé el nombre): Dos conceptos: impacto y repulsa. Y no sabe cuál es el bueno..
Arán: a ver si se refiere al primero caso, es decir, si se tendrá que mirar el impacto social que ha provocado ese caso concreto o la repulsa me da igual, esto es un disparate y además es inconstitucional. Es decir, las penas se ponen por la gravedad del delito y no por la repercusión social que hayan tenido sobretodo con el crecimiento de una determinada premsa que ya sabemos que hace morbo hace juicios paralelos, etcetc.
Entonces, si realmente ha de depender de la repulsa que es lo que ha dicho, pero es un disparate yo creo que se ha equivocado, no puede ser que el ministro de justicia diga esto.
Señor 2: pero ha dicho esto, él profesionalmente es de la rama no?
Arán: es fiscal. Sobretodo porque, es igual, no me lo invento... Que es una cosa de sentido común, no puede depender, usted que es periodista una cosa saldrá o no en la premsa en función de muchos imponderables...
Cuní: si cogemos el caso Marta del Castillo, es evidente que ha habido unos padres que no han aceptado y que los psicólogos han coincidido todos, no han aceptado la pérdida de la hija y que sobretodo no han podido hacer el luto porque nunca apareció el cadáver, a partir de aquí resulta muy difícil llevar ese dolor. ¿Qué hemos hecho? Lo han exteriorizado de tal manera que han comenzado a convocar -no ahora, no ayer- manifestaciones desde el primer día.
Intentando, sentimentalmente es comprensible, legalmente supongo que también, una especie de coacción moral por la vía de la complicidad que hay por parte de los medios de comunicación en general.
(Hablan de la reiteración en los medios al hablar del caso de Marta del Castillo, la mediatización, etcetc. Lo comparan con el caso de los niños de Córdoba.)
Arán: Además fíjate que con los padres de esta chica, que no solo tienen su drama y puede ser explicable, pero es cierto que hay unos ciertos periodos de esto que ahora se llama infoespectaculo que se aprovechan de ello. Pero es que los están victimizando por segunda vez, porque estos padres que bastante mal lo han pasado y lo están pasando además ahora tienen unos altavoces diciéndoles "el sistema se ha portado mal con vosotros, os han cometido una injusticia, no se ha hecho bien", etcetc. Con lo cual, aun se sienten más víctimas.
En cualquier caso y para añadir una última cuestión a esto del impacto social y la repulsa, que es evidente que NO puede ser, ya el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional una norma muy antigua que permitía (creo que dice esto, lo dice bajito XD) en la LECRIM, que decía que para acordar la prisión preventiva, la previa al juicio, una de las cosas que se tenía que tener en cuenta era la alarma social, y fue declarado inconstitucional, precisamente, entre otras cosas porque la LECRIM de 1800 y pico decía alarma social y se refería a la que se había provocado en el pueblo, el barrio. Y ahora la alarma social es la de....
(hablan de Millet XD)
Señor 3: Aquí hay varias cosas y probablemente es comprensible como hemos dicho todos, se ha de reiterar -para que no queden malentendidos- que las personas que han sufrido este trauma en su vida tienen este tipo de reacciones, pero el problema de los responsables políticos es que después de hacer lo que tienen que hacer, que es digamos mostrar empatía y compasión, tienen que hacer de responsables políticos y no tirarse por esta suave pendientes del populismo que lleva la desastre, a la supresión de garantías, y a empeorar las cosas.
Recordemos los tópicos, que la pena de muerte no disuade, que está muy estudiado, tanto que parece mentira.
(discuten sobre populismo, que la gente cuando vota a un partido no se mira el programa, que la pena permanente ya estaba, etc... Que no iban a subir los impuestos, y que si lo han hecho, blabla)
Arán: En los de los impuestos no entro, pero en este tipo de reformas hay toda una serie de fenómenos muy estudiados en los últimos años que se llama "Populismo punitivo" precisamente... No hay nada más barato y más rendible electoralmente que este tipo de cosas y en cambio se lleva por delante principios generales, garantías, proporcionalidad... Se lo lleva todo por delante, pero no hay nada más barato.
Solo hace falta tener mayoría absoluta y se ha acabado, y luego el mensaje de que los encerrarán a todos y ya está.. Pero lo han hecho todos eh?
---
Ya he acabado, ains :cuñao
Pues lo dicho. No tengo mucho más que añadir, miraos el artículo 25.2 de la CE, por añadiros algo.
¡A debatir!
Salu2!
Os voy a dejar un video sobre la reforma esta de "no diremos que es cadena perpetua que queda feo" para que los que no sepáis de derecho os posicionéis (tanto a nivel español como europeo) y los que sepamos para debatir con el suceso ya explicado.
He tenido el placer de tener a esta mujer en clase y es maravillosa. Clara y coherente, como siempre. Mercedes García Arán, catedrática de derecho penal de la UAB.
García Arán: El video
Como está en catalán, voy a tomarme el trabajazo de transcribiroslo todo, para que luego no os quejéis y me digáis catalanista :cuñao
"Josep Cuní: De momento en voluntad de aplicar el programa electoral del PP, hoy Alberto Ruiz Gallardón ha hablado de aplicar la pena provisional revisable, un eufemismo para que no le podamos decir constitucionalmente, cadena perpetua.
García Arán: Pero esto no cambia los problemas de constitucionalidad. Yo, bueno, ya veremos como lo ponen en el proyecto pero de momento lo que sabemos es lo que ha dicho el ministro. Yo supongo que pena permanente revisable es que lo meten allí y no te decimos cuando te sacamos pero ya lo revisaremos de aquí a unos años.
Cuní: Cada país tiene unos terminios de revisión.
Arán: Yo he de decir que, hoy cuando lo he oído y, cuando se comenzaron a hacer estas propuestas antes, no se entiende demasiado porque (te enseñan los años impuestos en cada país). Va muy bien tenerlos delante porque, a ver, ahora con el Código Penal vigente la delincuencia muy grave, yo que sé ahora he hecho unos números y he visto que por ejemplo:
-Dos asesinatos muy agravados (ensañamiento, alevosía, etc) tienen una pena de 40 años NO revisable
-Dos asesinatos terroristas lo mismo
Que es más grave que esto que propone el ministro si como dice él es proporcional a nivel europeo. A nivel europeo hemos visto que se revisa a los quince, veinte años... Esto figura que es más leve que lo que tenemos ahora para una delincuencia muy muy fuerte, muy dura ¿no? Igual es que están pensando en unos casos todavía más graves, pero entonces no me salen los números. Es decir, si son casos más graves que los que ahora tienen la pena de 40 años que no se revisa... No me cuadra.
Yo me inclino por pensar que es una propuesta, ya antes lo he dicho, propagandística. Ha habido un clamor por la cadena perpetua delante de casos muy graves, realmente...
Cuní: Marta del Castillo..
Arán: Marta el Castillo, etc etc. Pero es que esta reivindicación popular de la cadena perpetua, cuando se pide, lo que se pide es que los encierren y tiren la llave y esto ni aquí ni en Europa ni en ningún lado. Esto si que es directamente inconstitucional. Como saben que es inconstitucional dirán bueno, lo revisaremos y ya está pero oiga, ¿y la de cuarenta años que no se revisa? Entonces ¿para qué queda?
Cuní: Una cuestión, menos en casos de terrorismo, una persona ¿cuánto tiempo máximo puede estar?
Arán: 40, y el terrorismo también. Sin revisar. Hay unas reglas complicadas, pero es decir, he buscado unos ejemplos.
Cuní: Y ¿cuántas personas pasan 40 años en la cárcel?
Arán: a ver esto de los 40 años está puesto desde hace relativamente poco, antes eran 20, 30.. Por lo tanto, las condenas de 40 años que se pongan ahora hasta dentro de 40 años no lo sabremos. Seguramente no estaremos aquí ninguno de nosotros. Por lo tanto, cuando se habla de 30, 40 años nadie está en condiciones de decir como será el país y el código penal de aquí a 40 años. No haga demagogia.
De aquí a 40 años no sabremos que mundo tendremos. Pero en cualquier caso, supongo que la pregunta va por las liberaciones que se producen a veces al final de la condena. Es verdad tenemos un sistema de libertad condicional según el cual cuando se han cumplido tres cuartas partes de la pena el último cuarto se puede cumplir con libertad, pero se está cumpliendo la pena, es decir, se está sometido a controles, sometido a condiciones y si vuelve a cometer otro delito va para dentro.
Cuní: Cumplir con libertad quiere decir, por ejemplo, solo ir a dormir a la cárcel..
Arán: no, eso es el régimen abierto que va antes. La libertad condicional es condicional, que en los casos de terrorismo no, eh? No se puede. Entonces, esto es un sistema que es del S. XVIII, quiero decir que tampoco es una cosa disparatada de hace cuatro días, que lo que pretende es la reincorporación/la libertad no sean brusca, que sea gradual.
Tanto es así que aquí en Cataluña se hizo una investigación, hace unos años se comprobó que los que se incorporaban bruscamente a la a la libertad, es decir, sin pasar por el régimen abierto ni la libertad condicional reincidían el doble, que los que se habían incorporado poco a poco. Es la confusión de "ya está en libertad condicional, ya está fuera" a ver, está cumpliendo el último tramo de la pena en libertad sometido a control, sometido a reglas de conducta, etc. ¿Cuántos la han cumplido? Lo sabremos de aquí a muchos años, que estos 40 años son de hace relativamente poco.
Cuní: ¿Y porqué no le podemos llamar cadena perpetua?
Arán: No lo sé, esté país ya... Yo desde que el recreo de las criaturas se le llama segmento de ocio, señor Cuní, yo estoy dispuesta a creer cualquier cosa... No, no sé, me lo tendría que pensar.
Cuní: No, lo digo porque estamos con los eufemismos que es esa manera de no querer decir.. Antes ya comentabas que esto, hoy cuando lo he sabido, me ha recordado al título de aquella película de Woody Allen "¿Por que le llamamos amor cuando queremos decir sexo?".
Arán: Yo supongo que la palabra perpetua tiene una carga semántica peor, pero realmente hablan de lo mismo. Después hay otra cosa, el PP y también un sector importante de la opinión pública -no lo neguemos- ha dado una auténtica "tabarra" (que son pesados) con el cumplimiento íntegro de las penas. Tanto es así que han hecho una ley de cumplimiento íntegro y efectivo, cuando todas las penas se cumplen íntegramente, si bien la última parte se puede cumplir en libertad.
Entonces... Tampoco lo entiendo. Porque si el eslogan/objetivo era el cumplimiento íntegro ahora resulta que para unos casos que son los más horribles y los más noséqué, éstas (las penas) no se cumplirán íntegramente.
(Ponen el video de Gallardón).
Cuní: máximo grado de repulsa social... ¿Qué quiere decir esto?
Arán: esto también lo he oído antes y confío que también sea..
Señor 1 (XD no sé el nombre): Dos conceptos: impacto y repulsa. Y no sabe cuál es el bueno..
Arán: a ver si se refiere al primero caso, es decir, si se tendrá que mirar el impacto social que ha provocado ese caso concreto o la repulsa me da igual, esto es un disparate y además es inconstitucional. Es decir, las penas se ponen por la gravedad del delito y no por la repercusión social que hayan tenido sobretodo con el crecimiento de una determinada premsa que ya sabemos que hace morbo hace juicios paralelos, etcetc.
Entonces, si realmente ha de depender de la repulsa que es lo que ha dicho, pero es un disparate yo creo que se ha equivocado, no puede ser que el ministro de justicia diga esto.
Señor 2: pero ha dicho esto, él profesionalmente es de la rama no?
Arán: es fiscal. Sobretodo porque, es igual, no me lo invento... Que es una cosa de sentido común, no puede depender, usted que es periodista una cosa saldrá o no en la premsa en función de muchos imponderables...
Cuní: si cogemos el caso Marta del Castillo, es evidente que ha habido unos padres que no han aceptado y que los psicólogos han coincidido todos, no han aceptado la pérdida de la hija y que sobretodo no han podido hacer el luto porque nunca apareció el cadáver, a partir de aquí resulta muy difícil llevar ese dolor. ¿Qué hemos hecho? Lo han exteriorizado de tal manera que han comenzado a convocar -no ahora, no ayer- manifestaciones desde el primer día.
Intentando, sentimentalmente es comprensible, legalmente supongo que también, una especie de coacción moral por la vía de la complicidad que hay por parte de los medios de comunicación en general.
(Hablan de la reiteración en los medios al hablar del caso de Marta del Castillo, la mediatización, etcetc. Lo comparan con el caso de los niños de Córdoba.)
Arán: Además fíjate que con los padres de esta chica, que no solo tienen su drama y puede ser explicable, pero es cierto que hay unos ciertos periodos de esto que ahora se llama infoespectaculo que se aprovechan de ello. Pero es que los están victimizando por segunda vez, porque estos padres que bastante mal lo han pasado y lo están pasando además ahora tienen unos altavoces diciéndoles "el sistema se ha portado mal con vosotros, os han cometido una injusticia, no se ha hecho bien", etcetc. Con lo cual, aun se sienten más víctimas.
En cualquier caso y para añadir una última cuestión a esto del impacto social y la repulsa, que es evidente que NO puede ser, ya el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional una norma muy antigua que permitía (creo que dice esto, lo dice bajito XD) en la LECRIM, que decía que para acordar la prisión preventiva, la previa al juicio, una de las cosas que se tenía que tener en cuenta era la alarma social, y fue declarado inconstitucional, precisamente, entre otras cosas porque la LECRIM de 1800 y pico decía alarma social y se refería a la que se había provocado en el pueblo, el barrio. Y ahora la alarma social es la de....
(hablan de Millet XD)
Señor 3: Aquí hay varias cosas y probablemente es comprensible como hemos dicho todos, se ha de reiterar -para que no queden malentendidos- que las personas que han sufrido este trauma en su vida tienen este tipo de reacciones, pero el problema de los responsables políticos es que después de hacer lo que tienen que hacer, que es digamos mostrar empatía y compasión, tienen que hacer de responsables políticos y no tirarse por esta suave pendientes del populismo que lleva la desastre, a la supresión de garantías, y a empeorar las cosas.
Recordemos los tópicos, que la pena de muerte no disuade, que está muy estudiado, tanto que parece mentira.
(discuten sobre populismo, que la gente cuando vota a un partido no se mira el programa, que la pena permanente ya estaba, etc... Que no iban a subir los impuestos, y que si lo han hecho, blabla)
Arán: En los de los impuestos no entro, pero en este tipo de reformas hay toda una serie de fenómenos muy estudiados en los últimos años que se llama "Populismo punitivo" precisamente... No hay nada más barato y más rendible electoralmente que este tipo de cosas y en cambio se lleva por delante principios generales, garantías, proporcionalidad... Se lo lleva todo por delante, pero no hay nada más barato.
Solo hace falta tener mayoría absoluta y se ha acabado, y luego el mensaje de que los encerrarán a todos y ya está.. Pero lo han hecho todos eh?
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Ya he acabado, ains :cuñao
Pues lo dicho. No tengo mucho más que añadir, miraos el artículo 25.2 de la CE, por añadiros algo.
¡A debatir!
Salu2!
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