Gracias por darme la oportunidad de volver a abrir el tema .Si queréis seguir debatiendo al respecto, sin entrar en temas personales, os pido que abráis un tema nuevo.
Y por favor , hagamos caso a Vero y no entremos en piques personales innecesarios .
Demostremos que somos verdaderos democratas y que en este foro se puede hablar tranquilamente de politica , de Sistemas politicos , de gobiernos , de partidos , de ideas , de la Monarquia , de la Republica , de la Globalizacion , de las noticias que salen a diario de nuestros gobernantes del PSOE y de la oposicion del PP y de muchas cosas mas sin tener que insultarse ..
Gracias ..
Madrileño , esto que pones es la version oficial , pero te aseguro que la cosa no esta tan clara como parece .Una interpretación torticera e interesada del texto constitucional según la cual los militares y las fuerzas armadas, con el rey a la cabeza, gozan de iniciativa política y de acción de forma independiente. El artículo 8.1 no se refiere única y exclusivamente a garantizar la monarquía parlamentaria, que ni siquiera sale nombrada en este artículo, sino que establece que las FFAA "tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional".
Sin embargo lo que no tiene en cuenta el tal Alejandro Pérez y por supuesto tu tampoco es el arítuclo 97: "El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y MILITAR y la defensa del Estado (...)
Al menos hay algunas otras interpretaciones muy interesantes , y segun mi opinion muy validas con respecto al verdero papel del rey en este sistema politico que tenemos en España .
La monarquía según la Constitución
De acuerdo con el artículo 56.1 de la Constitución: “El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.” Entre estas funciones se encuentran la de “hacer guardar” la propia Constitución (art. 61) y la de ejercer el mando supremo de las Fuerzas Armadas (art. 62 h). Éstas tienen la insólita misión de defender el ordenamiento constitucional, además de garantizar la soberanía e independencia de España y defender su integridad territorial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8. La Constitución, por otra parte, convierte al rey (art. 56.3) en irresponsable, jurídicamente hablando se entiende. Por ello sus actos deben estar siempre refrendados por otras autoridades (presidente del gobierno, ministros, presidente de las Cortes), que son las que asumen la responsabilidad jurídica y política de los mismos. Eso, entre otras cosas, comporta que ningún tribunal español pueda aceptar una demanda contra el rey, ni siquiera en el supuesto de que existiesen indicios racionales de su participación en cualquier clase de delito, lo que incluye un delito tan grave como el de rebelión del artículo 472 del Código Penal.
En cuanto a la irresponsabilidad del rey , esta claro .
De verdad alguien cree que el rey de España esta sujeto a alguna ley .??
Aun cuando cometiera algun algun delito penal , seria vilmente tapado por el sistema que le ampara .
La Constitucion esta hecha a su medida , lo ratificaron junto a la contitucion porque no tuvieron mas remedio que hacerlo .
Fue la ultima voluntad de Franco y se respeto .
Muchos profesores, políticos y periodistas se han empeñado en interpretar que el rey, según la Constitución, no detenta poder alguno o, al menos, ninguno verdaderamente importante para el funcionamiento del sistema político. Que el rey constitucional es, por decirlo de otra manera, un rey decorativo que no se mete en política. En su opinión, todas las funciones que le asigna la Constitución se deben entender como honoríficas o protocolarias, no como efectivas. Sin embargo, los mismos profesores, políticos y periodistas no se cansan de alabar la actuación del rey durante el golpe del 23-F y ninguno de ellos se ha atrevido a calificarla de anticonstitucional, lo cual contradice sus propias tesis, puesto que si el rey jugó algún papel relevante entonces fue precisamente porque ejerció un mando efectivo y no honorífico sobre el ejército. Esto no debe sorprender, pues la doctrina oficial de legitimación de la monarquía ignora el principio de no contradicción. Es capaz de afirmar simultáneamente que el rey carece de poder y, al mismo tiempo, que ha ejercido y ejerce una función decisiva para la continuidad del sistema político a partir de un respeto escrupuloso de la Constitución[5].
Una gran contradiccion a mi entender .
Los que defienden la postura de que el rey no tiene poder y que es un mero objeto simbolico son los mismos que le atribuyen el haber parado el golpe militar de Tejero . Por otra parte , de todo esto salio favorecida la monarquia y muchos españoles que no se califican de monarquicos pero si se califican de juancarlistas .
Mi opinion personal es que su implicacion en el intento de golpe de estado fue mucho mayor de lo que nos explica la version oficial de los hechos .
Fue una forma de afianzar su reinado y nos da una pista sobre el verdadero poder de la monarquia en nuestro pais .
Aparenta ser lo que no es , porque entre otras cosas le interesa que asi sea .
El rey y el artículo 8
El más ardoroso defensor de la inclusión del artículo 8 en la Constitución fue precisamente Miguel Herrero de Miñón. Este miembro de la Comisión Trilateral y brillante jurista es ahora Letrado Mayor del Consejo de Estado y forma parte de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. Entre 1976 y 1977 fue Secretario General Técnico del Ministerio de Justicia y, como tal, colaboró muy activamente en la elaboración de la primera Ley de Amnistía, de la Ley para la Reforma Política y de la Ley electoral que, con algunos retoques, continúa vigente. También fue diputado por UCD, por Alianza Popular y por el Partido Popular, así como uno de los “siete padres” redactores de la Constitución. Su nombre apareció como posible ministro de educación en la lista del non nato gobierno del general Armada, esto es, del gobierno que debía alumbrar el golpe del 23-F y que nunca vio la luz por culpa de la obcecación y cortedad de miras del teniente coronel Tejero.
En los debates constituyentes, Herrero defendió la introducción del artículo 8 en el Título preliminar de la Constitución, con la consecuencia de que su reforma o supresión sólo se puede hacer por el complicadísimo procedimiento del art.168. Lo justificó afirmando que en España el ejército, no sólo era un cuerpo de la administración, sino “algo más” (y esto lo dijo, seguramente, lanzando una mirada de complicidad a su auditorio).
Herrero ha escrito varias veces sobre ese artículo. Una de las últimas fue con motivo del escándalo provocado por las declaraciones del teniente general Mena. Lo hizo en una tribuna de El País el 23 de enero de 2006. Ahí repitió sus argumentos de siempre, algunos de los cuales eran de perogrullo desde una perspectiva democrática. Dijo, por ejemplo, que el Tribunal Constitucional es quien debe dirimir en última instancia la constitucionalidad o inconstitucionalidad de cualquier cambio legislativo realizado por los cauces legales. O bien, que el ejército siempre debe estar sometido al poder civil porque es el gobierno, a tenor de lo prescrito en el artículo 97, quien dirige la política militar incluso en el supuesto que se declare el estado de sitio. Ahora bien, junto a estas perogrulladas, Herrero introdujo de refilón otra cuestión que pasó desapercibida a la mayoría de comentaristas y tertulianos. Recordó que cuando el gobierno estuvo secuestrado durante el 23-F, el ejército “bajo el mando supremo del Rey (art. 62 h) estuvo a la altura de las circunstancias para restablecer, de inmediato, el orden constitucional amenazado”.
Con ello Herrero hacía alusión, como quien no quiere la cosa, a que el articulo 8 tiene una relacion directa con la corona . En efecto: el rey, en tanto que Jefe militar supremo, también forma parte de ese ejército que es “algo más” y cuya misión interna es custodiar las esencias de la Constitución. Lo cual plantea un problema político de mucha enjundia: ¿qué tipo de relación jerárquica existe entre el gobierno elegido por el parlamento y ese mando militar supremo, no elegido democráticamente por nadie, que también es Guardián de la Constitución? Si fuera de subordinación, como se debería deducir del artículo 97, el rey sería un soldado más al servicio del poder civil y cuando va vestido de militar se debería cuadrar ante el presidente del gobierno y decirle algo parecido a aquello de “a las órdenes de usía”. ¿Alguien ha visto alguna vez una escena semejante? Nunca hemos visto nada parecido ni lo vamos a ver. Herrero siempre ha dicho que, según la Constitución, el rey comparte el mando efectivo del ejército con el gobierno, pero no está subordinado a él. Los detractores de la tesis de Herrero en la doctrina constitucional, que son legión, sin atreverse a afirmar que el rey-soldado le debe obediencia al gobierno (a quien por otro lado, rizando el rizo, él debe moderar y arbitrar), han intentado remendar el desgarrón antidemocrático que es el artículo 8 con lo que se decía más arriba: con el argumento de que el mando militar del rey no es efectivo sino honorífico. Pero se trata de un parche muy mal cosido que, a lo largo de un cuarto de siglo, ni siquiera ha conseguido alcanzar el status de doctrina legal. En la última Ley de Defensa Nacional, aprobada a finales de 2005, se repite que el rey es el mando supremo de las Fuerzas Armadas, pero no se aclara si es honorífico o efectivo, algo que perfectamente se podía haber hecho.
Mientras no se no se derogue el antidemocrático artículo 8 y no se transfiera al presidente de gobierno o al ministro de defensa en exclusiva la comandancia suprema del ejército (lo que incluye el mando efectivo, el honorífico, el eminente, el protocolario y cualquier otro que nos queramos inventar), no se podrá afirmar con verdad que el poder militar está totalmente sometido al poder civil; en otras palabras: mientras continúen vigentes los artículos 8, 62h y 61 de la Constitución, el militarismo continuará planeando sobre las cabezas de los ciudadanos del Ruedo Ibérico, ni que sea como una amenaza latente.
Art. 8
- Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Este articulo es consecuencia y reflejo de la funcion politica que los militares desempeñaron durante la transicion . De la misma forma que , segun este articulo son ellos los custodios armados del ordenamiento constitucional - una funcion que necesariamente exige decidir cual es la frontera entre lo constitucional y lo inconstitucional -tambien fueron ellos , los que establecieron entonces los limites de la reforma del franquismo . Y el rey es su jefe supremo .
Art. 61
- El Rey, al ser proclamado antes las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
Corresponde al Rey:
- El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
No se que entendereis por mando supremo de las fuerzas armadas .
¿¿ Simbolico o real ??
http://www.nodo50.org/unidadcivicaporlarepublica/III republica 2008/militarismo.htm
Añado que a mi , me cuesta trabajo admitir en democracia que el maximo rango militar se otorge en funcion de nacimiento y no de capacidad .
Y que no me gustan los reinos , ni la sangre azul ...la prefiero roja .
La Constitucion española es comparable a la biblia , un libro precioso lleno de buenas intenciones , de historias preciosas y de leyes , pero tambien con mil formas distintas de interpretacion .
Es obvio que durante estos años de supuesta democracia hemos podido comprobar que casi ninguno de los articulos de la constitucion se cumplen .
Por otro lado la constitucion es la ley de leyes de españa y ya se sabe que hecha la ley , hecha la trampa .
Por otro lado nunca me han gustado las versiones oficiales de nada .
Última edición: