Uff, así no hay quién estudie
Pero qué interesante se está volviendo esto. Con las Leyes en la mesa, como a mi me gusta
Mini-resumen de lo que voy a decir: Yo endurecería las sanciones de la Ley, que si ya de por sí para los adultos muchas veces me parecen insuficientes, las de los menores son para echarse a reír.
Primero contesto a Madrileño que es más cortito de explicar. Yo no opino que los niños de 12 años deban ser comparables a los de 30, ni mucho menos; es más, no opino que deban aplicarseles las mismas leyes, como ya dije. Opino que en casos extremos (aunque estos sean inusuales) sí debería regularizarse una sanción oportuna. Actualmente, aunque muchos no os lo creais, hay numerosos casos de violencia a partir de esa edad. Así, en mi experiencia estudiantil, tuve la suerte de no ser acosado jamás, pero en el trayecto vi cómo más allá de la típica pelea grupos organizados de niños de entre 12 y 14 años utilizaban la violencia hasta tal punto que yo he llegado a conocer un caso en el que la víctima quedó en coma; y otros tantos que salieron mal parados. Meter en la cárcel con delincuentes de 30 y 40 años no parece una solución, pero crear cárceles (como los internados que hoy funcionan, pero con profesionales que verdaderamente trabajen para reinsertar a los niños) para gente de entre 12 y 18 años, sí lo propondría). Mejor que dejar al niño con la única sanción de "expulsado del centro escolar", lo veo.
A la hora de la verdad, esa clase de internados (para niños de entre 14 y 18 años) funcionan con dinero. O los padres quieren deshacerse de sus hijos y tienen pasta para hacerlo, o a sufrir su presencia se ha dicho; a no ser que el caso sea muy muy muy muy muy MUY grave. Yo personalmente llegué a conocer un caso en el que incluso la madre quería que internaran a su hijo y no tenía dinero para permitirse pagar un centro, pero "obligarle" no le obligaban, si querían internarle había que pagar. No sé hasta qué el punto se tiraba el pisto esta señora, pero aquí lo dejo por si podeis rebatirlo, que lo hagais. Esos "niños" de 14 a 18 años son perfectamente conscientes de sus actos, y a mi juicio deberían ser considerados responsables de sus acciones legalmente con sanciones más serias que la de: "dos meses de trabajos sociales" (por lo que veo la nueva Ley es un poco más seria al respecto). Un niño de 12 años puede ser manipulado para muchas cosas, pero si hace que otro niño entre en coma de una paliza, o le causa la muerte, por raros que sean estos casos hay que regularizarlos (aunque como ya digo al ser casos tan raros es el menor de los problemas de la legislación vigente en lo que a menores se refiere). Sé que no es correcto ni fiable hablar del caso de fulanito o menganito, y más sabiendo cómo le gusta hablar a la gente sin tener ni idea de lo que habla, pero mucha casualidad es que de todos los pre-delincuentes que he conocido el 98% hayan acabado en la cárcel al cumplir los 18-19 años, y antes no hayan recibido más sanción que la de "abrirles una ficha" cuyos datos (antecedentes) se borrarían pasado cierto plazo al cumplir los 18 si no reincidían, bronca en plan: "has sido malo", y si has sido muy muy muy muy malo, trabajos para la comunidad y en ultimísima instancia internamiento (pero ultimísima).
Cuando me refiero a consciente y responsable no digo por supuesto que no distinga lo que es la vida y la muerte, pero no sería nada descabellado que a través de juegos o situaciones que con 20, 25 o 30 años asumimos como insensatas o estúpidas un menor de esa edad pueda causarle la muerte a otro, más aún teniendo en cuenta lo influenciables que somos -y hemos sido todos- a esas edades.
En lo que yo decía sobre los niños de 12 años, sólo decía que debería regularse para ellos el asesinato (matar a otro
con premeditación y alevosía), y quizá otras formas de agresión bajo el supuesto de premeditación y no como accidente. En lo que respecta a los de edades comprendidas entre 14 y 18 años no me cabe ninguna duda de que siempre deben ser considerados delincuentes con todas las letras si cometen cualquier acto de agresión por el que se les condenaría siendo adultos. No hablo de homicidio involuntario por una irresponsabilidad que requiera madurez para decidir que eso no estaría bien. Insisto, yo no hace tanto que he tenido 14 años y jamás se me ocurrió agredir a nadie, ni amenazarle de muerte, ni ninguna barbaridad semejante. Sin ser víctima de nada de eso, sí he sido testigo de cómo estos actos a esa edad no son sancionados.
Sobre los posts de SonialovesMJ, en primer lugar, reconozco que no he leído la LORPM 8/2006; de hecho no sabía de su existencia (y de ahí que comentase que recientes sentencias ya imputaban civilmente a menores y me parecía genial que así fuere; pero que no sabía hasta qué punto esas sentencias suelas que había leído casi por casualidad habían sido recurridas o no). La Ley que me leí en su momento fue la 5/2000, que aunque en todo momento hable de la protección a las víctimas, la no-regulación de ciertas acciones cometidas por menores era a mi juicio casi insultar a las víctimas. He buscado ambas leyes (la ya derogada y la actual), y tengo unos cuantos comentarios que hacer con respecto al presente debate.
Primero aclaro esto:
Lo primero una corrección (y que me corrijan, a su vez, si es necesario): con nuestras leyes se es imputable penalmente a partir de los 14 años. De manera que Uboy, cuando proponías la imputabilidad penal a partir de los 16 ¿te estabas refiriendo a que a éstos se les aplique el Código Penal en lugar de la LORPM?
Por ese camino veo mucha confusión en algunos y no comprendo si es que estais pidiendo cárcel para los menores infractores porque pensais que quedan totalmente impunes o porque os parece insuficiente la privación de libertad en un centro de menores...
La privación de la libertad en un centro de menores me parece suficiente, pero bajo mi posiblemente equivocado punto de vista esta medida no se aplica en tantos casos como se debiera. Sí, se aplica en casos de asesinato, de bandas organizadas que con premeditación cometen una agresión muy grave... Pero creo que debería aplicarse tal medida para CUALQUIER agresión de una gravedad mínima (es decir, no por una pelea de patio, pero sí aplicaría los términos del Código Penal en este sentido aunque la pena se cumpliese en un centro de menores.
En cualquier caso, hablaba de imputabilidad a partir de los 12 años para una serie de casos, y a partir de los 14 (como ya está) para muchos otros que aún siguen sin estar del todo bien perfilados.
Una vez aclarado esto, continuo...
No recordaba lo mucho que me enfadaba esa ya derogada Ley Orgánica 5/2000 hasta que he releído su artículo 7, que regula las medidas susceptibles de ser impuestas a los jóvenes de entre 14 y 18 años (a los que afectaba esta Ley según su artículo 1), y que es recogido TAL CUAL por la LO 8/2006, así que para el caso también me vale.
Internamiento en régimen cerrado, en las que tienen actividades formativas, culturales, de ocio... Vamos, que sí está pensado para la reinserción, y es con la que más de acuerdo estoy que se utilizase muchísimo más a menudo, pero como ya digo a la práctica no he visto muchos casos en los que se aplique (lo que no significa que no se haga, es cierto), es mucho más común aplicar las famosas medidas de "amonestación" (hablar contigo y explicarte lo malo que has sido, como cuando tienes 3 años y metes los dedos en el enchufe) y las famosas "prestaciones en servicio de la comunidad", vamos, que les mandan trabajar un poquito, por lo que en mi entorno he visto. Observo que en la nueva Ley se pone como medida preferente el internamiento en un centro de régimen cerrado tras el cual, al igual que se procedía con la ley anterior si tenías la mala suerte de ser condenado con esa medida, se procedería a un período de tiempo en libertad vigilada. Espero que esto sirva para que verdaderamente tal sanción comience a aplicarse.
No hablo en base a lo visto en prensa. Hablo de lo que he visto por mis propios ojos hasta hace unos meses que cumplí los 18 años en mi entorno, además de lo que pude documentarme a base de la Ley anterior y alguna que otra sentencia. Verdaderos delincuentes (bueno, pre-delincuentes por hablar con propiedad) que eran detenidos por robo, agresiones tanto a coetaneos como a mayores que ellos (lo de las palizas a profesores está a la orden del día, en mis últimos 3 años de instituto pegaron a 5 profesores, llegandole a romper el brazo a uno de ellos por no hablar de los daños materiales -pinchazo de ruedas del coche, con puertas ralladas...), entre otras lindezas; que eran denunciados con testigos y pruebas y que quedaban impunes,
no sé si por falta de regulación o de eficacia de la misma, y quizá este sea el error de mi discurso, pero las demandas que he conocido NO prosperan como a mi juicio deberían.
No se trata de "ojo por ojo", se trata de mirar más por proteger a las víctimas que por la reinserción del pre-delincuente (que también es importante y no hay que obviarla, por supuesto). La Ley escrita está en unos términos poco provistos de sanciones en esta materia, con palabras muy bonitas enfocadas a la protección que yo insisto no consiguen tal fin, y me ha alegrado muchísimo leer el nuevo artículo 37b, que permite incluso la cárcel para medidas MUY MUY extremas como yo proponía antes de leerlo. Así que en este sentido no puedo más que retractarme de que la Ley debería legislar esto, en tanto en cuanto YA está legislado. Ahora a esperar que los tribunales de menores utilicen dicho artículo.
Con mi frase de que a efectos penales no hay nada, debí decir que no hay "nada", con el matiz de las comillas, y ahora debería retractarme diciendo que no HABÍA "nada". No obstante, quiero insistir en lo que dije al principio, que pese a lo que me he documentado con los años hablo desde la más absoluta ignorancia en la materia, y mi opinión va muy influenciada no por los medios, sino por lo que he podido ir viendo en la calle.
Me alegra leer que al menos, SonialovesMJ, aunque no estés de acuerdo conmigo en que esta Ley no es la mejor que tiene el Estado español. Y también digo que me gustan las reformas que ha tenido la misma en los últimos años (reformas que yo ignoraba).
Y dejo de escribir aqui hasta la próxima que me da vueltas la cabeza, no sé ya ni lo que he escrito.