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Cambiarias la edad de la mayoria de edad??

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Cambiarias la mayoria de edad a...


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La verdad es que no sé de dónde nació lo de poner los 18 como número de años para considerarse "mayor de edad" , no se en qué se basaron en su día vamos...

El caso es que no cambiaría esa edad para votar ni para tantas otras cosas que sirve tener 18 , igual que como ya ha comentado UB no cambiaría la edad de 16 como años para hablar de "menor maduro" en temas médicos .

Lo que sí cambiaría es el tema de las leyes de menores y las trabas que tenemos hoy dia en la sociedad para hacer que cumplan penas de carcel ante delitos mayores . Sinceramente no haria distincion entre menores y mayores de edad , obviamente habria que regular el tema carcelario ( no les vas a juntar con mayores de edad ) , pero los reformatorios y las exenciones de pena...nanai .
 
Eso es muy bonito, de verdad, pero hablamos de un mínimo de consciencia para que los asesinos puedan ser debidamente condenados y que no permanezcan impunes. Quizá haya que distinguir entre consciencia y conciencia. A los asesinos les falta lo segundo.



Yo insisto en que creo que el debate debería ceñirse al contexto de nuestro Estado o de Estados con un contexto socio-cultural semejante; como ya dije no en todo el mundo se alcanza la mayoría de edad a los 18; en nuestro Estado es así porque así lo dice el artículo 12 de la Constitución Española, no porque haya ninguna clase de acuerdo internacional



¿Podrías concretar en qué sentido? Me parecería interesante debatirlo, porque no he conocido a nadie hasta ahora que considere que habría que cambiar la mayoría de edad a una edad superior; a mi me parece que nuestro contexto tiende a decirnos que los 18 años es una edad coherente pero con muchas excepciones, por eso te pediría que te explicaras a ver si comprendo tu opinión.

Te hablo precisamente de esas excepciones con tan alto porcentaje, a veces el cumplir 18 te hace pensar que puedes hacer lo que te da la gana sin siquiera pararse a pensar que puedes arruinar tu vida, a eso me refiero.
 
gstkop, el límite de la mayoría de edad se fundamenta en el hecho de que en nuestro contexto en el momento de aprobarse nuestra Carta Magna se consideraba (seguramente con algún estudio sociológico, psicológico, o vaya usted a saber qué más) que a esa edad se puede presuponer, salvo que se disponga lo contrario mediante sentencia firme, que las personas pueden ser perfectamente capaces de obrar por sí mismas. A mi eso me sigue pareciendo coherente en nuestro contexto actual; yo desde luego no le daría el derecho al voto a un niño de 16 años de hoy en día ni loco; por poner un ejemplo entre mil; como bien has dicho.

¿La Ley del Menor? Muchos toman esa "bandera" con fuerza, pero yo la quemaba en 2 segundos. A efectos civiles los niños de 14 y 16 años son considerados capaces en ciertas situaciones MUY concretas aunque no estén considerados como tales hasta alcanzar la mayoría de edad para la mayoría de las acciones, pero a efectos penales (y no tengo ni idea de Penal, perdón si digo alguna tontería) realmente no hay nada. Leí hace unos meses una sentencia relativamente reciente que consideraba que para delitos de gravedad reseñable se debería considerar imputable a los mayores de 16 años, pero no recuerdo ahora mismo en qué contexto fue, si ha sido recurrida y qué cabida podría tener en nuestra jurisprudencia.

ESO es lo que hay que cambiar.

Mayoría de edad: 18 años.

Supuestos excepcionales a efectos penales:

12 años: Serán considerados incapaces hasta la mayoría de edad, salvo en los supuestos de... matar a otra persona con premeditación y alevosía, por ejemplo.

14 años: lo mismo.

16 años: lo mismo.

Y lo mismo a efectos civiles, aunque esa materia requiere una reforma menos urgente en este tema en concreto, en otros pide a gritos borrarlo y empezar de cero.

Y ahí es donde me pondría yo a trabajar. Lo bien que me lo pasaría. Si alguna vez llego a ser algo en el mundo del Derecho (que por desgracia no lo creo) le iba a pegar un repaso a esta materia... Porque encima hay un sector de la doctrina que sigue defendiendo que la Ley del Menor vigente no sólo está bien para proteger a los menores, sino que además habría que ampliarla para protegerles aún más, quitando del ordenamiento las pocas normas que existen para evitar que delincan; llegando a defender que tales "castigos" deberían quitarse incluso de las escuelas, de modo que no se les pueda ni expulsar, ni sancionar más allá de "explicarles" lo que han hecho, como si fueran mongolos muchos tiarrones de 17 años como hay en los institutos.

CapitánAcab y SonialovesMJ, por favor, acudan a recepción. CapitánAcab y SonialovesMJ, por favor, acudan a recepción.

Ya están tardando en aparecer en este post. ¿Qué es un debate jurídico sin ellos? :confused: MP al canto :p
 
Yo extenderia la mayoria de edad a los 20 o 22 pienso que a los 18 el 70% de los chic@s no ha madurado lo suficiente para saber todas las responsabilidades que acarrea ser mayor de edad.

Hay muchos posts de este tema que me han sorprendido, cojo este porque tengo que comentarlo por narices.

Narahibel hay gente de 15 años para arriba que ya es perfectamente consciente de la mayoria de cosas que forman la vida, (generalizando) no por ello tienen derecho a ciertas cosas por que siguen siendo adolescentes, pero no quiere decir que no sean maduros para saber lo que hacen.

Volviendo al tema principal

Yo lo dejaria como está, a los 18. Por que? Al fin y al cabo cumplir los dieciocho supone tener más derechos en ciertas cosas, yo más bien lo que cambiaria son estos derechos.

Alguien por ahí hablaba del ciclomotor, yo no soy mayor de edad, y no tengo, de todos modos SI se es consciente, yo lo pondría de los 15 para arriba.

Creo que la gente que opina que debería subirse la mayoría de edad debería pensarselo un poco más. Hay gente que a partir de los 14 es muchísimo más maduro que alguien de 25, y viceversa, casos hay muchos.

Conozco mucha gente mayor de edad que es para pegarles dos tiros de lo... imbéciles que son, digamoslo claro. También tengo un amigo de 13 años es MUY maduro, DEMASIADO para su edad, y cuando digo maduro, es MADURO.

En fin, a los 18. como está.

Salu2
 
Hablamos de España. :feo:No en todo el mundo se alcanza la mayoría de edad a los 18; hablamos de nuestro contexto.

Entonss sólo hablan de España? Aquí en Chile tmb la mayoría de edad es a los 18. No entiendo muy bien a que viene este comentario.

No en todo el mundo se le da el mismo valor, aunque en todo el mundo tiene el mismo.

[...]Pero vamos, si piensas que en el mundo occidental no se le da valor a la vida estás muy equivocado.

El valor es una connotación humana, las cosas no tienen valor por si mismas, nosotros damos mayor o menor valor a las cosas de acuerdo a una serie de parámetros culturales o de experiencias individuales, según sea el caso.

Nunca he dicho, ni he pensado que en el mundo occidental no se le de valor a la vida. Dije mundo occidental precisamente para acotar el contexto en donde nos movemos, al decir "en cualquier lado" me parece muy amplio y más de alguno podría tomar como ejemplos un tanto alejados y poco fructíferos para nuestro modo de vida.
 
Entonss sólo hablan de España? Aquí en Chile tmb la mayoría de edad es a los 18. No entiendo muy bien a que viene este comentario.

Si lees más allá de esa frase verás que digo que con "España" me refiero a "España" y cualquier país con un contexto socio-cultural semejante. Si en un debate así hablamos sobre países en guerra, u otros ejemplos culturales en los que no se considere la vida un derecho fundamental... Pues lo hablamos, pero vamos.

Nunca he dicho, ni he pensado eso. Dije mundo occidental precisamente para acotar el contexto en donde nos movemos, al decir "en cualquier lado" me parece muy amplio y más de alguno podría tomar como ejemplos un tanto alejados y poco fructíferos para nuestro modo de vida.

Por eso precisamente contesté a tu comentario de que en todo el mundo no se aprecia la vida igual diciendo que hablabamos metidos en un contexto determinado, y dije España porque quien lo abrió es de España, y dije posteriormente que también de un contexto semejante, pero que hablar de contextos diferentes es meternos en un berenjenal del que no sé yo si sabríamos salir.

moecin, las cosas tienen el valor que les damos, SÍ, por eso en nuestro contexto NO está bien visto el asesinato; y el individuo que lo ve bien tampoco está bien visto; no creo que esto sea debatible. Por eso ahora mismo con estos últimos dos posts publicados no sé lo que piensas, porque me parecen contradictorios con lo que yo te entendí en tu post anterior.
 
Última edición:
Si lees más allá de esa frase verás que digo que con "España" me refiero a "España" y cualquier país con un contexto socio-cultural semejante. Si en un debate así hablamos sobre países en guerra, u otros ejemplos culturales en los que no se considere la vida un derecho fundamental... Pues lo hablamos, pero vamos.

Por eso no lo entiendo, pensé q estaba claro. En fin. (Asunto aclarado).

Por eso precisamente contesté a tu comentario de que en todo el mundo se aprecia la vida igual diciendo que hablabamos metidos en un contexto determinado, y dije España porque quien lo abrió es de España, y dije posteriormente que también de un contexto semejante, pero que hablar de contextos diferentes es meternos en un berenjenal del que no sé yo si sabríamos salir.

Ha eso precisamente voy, incluso dentro de nuestro contexto socio-cultural el valor de la vida no es el mismo en todos los lugares. Y creo q es allí donde debemos poner énfasis.
 
Ha eso precisamente voy, incluso dentro de nuestro contexto socio-cultural el valor de la vida no es el mismo en todos los lugares. Y creo q es allí donde debemos poner énfasis.

¿Que en nuestro contexto no es el mismo el valor que se le da a la vida? No sé a qué te refieres, yo creo que sí. No conozco más allá de lo que ocurre en España, pero aquí la vida es un derecho fundamental que tiene el máximo valor, y el que no le da tanto valor (como puedan ser los terroristas) están mal vistos por la sociedad, de ahí que nuestra Ley prohíba el asesinato; y de ahí que yo diga que el asesinato debería ser delito a los 18, a los 16, a los 14, e incluso a los 12, del mismo modo que no debería ser delito que un niño de 12 años firme un contrato fraudulento porque debe ser nulo de pleno derecho.
 
Después de tirarme un rato escribiendo un post enorme y que se borrase todo...:bronca:Ya. Uboy, compañero, aquí me tienes. No sé qué hago a estas horas, tendría que estar estudiando lo mío que ahora es exclusivamente la Ciencia Política, pero me has picado. Quizás lo más sensato sea esperar la llegada del Capitán, pero me he empapado algo de la Ley Orgánica 8/2006 reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LORPM) en España, así que tengo qué decir y un esbozo de opinión sólida.

¿Por dónde empezar? Porque Uboy, has tocado muchísimos temas e, incluso, dejaste abierto (imposible que pasase inadvertido a los ojos de esta aspirante a politóloga) el debate de la competencia para el ejercicio del voto. Esa es una discusión antiquísima, ¡centrémonos!

Lo primero una corrección (y que me corrijan, a su vez, si es necesario): con nuestras leyes se es imputable penalmente a partir de los 14 años. De manera que Uboy, cuando proponías la imputabilidad penal a partir de los 16 ¿te estabas refiriendo a que a éstos se les aplique el Código Penal en lugar de la LORPM?

Por ese camino veo mucha confusión en algunos y no comprendo si es que estais pidiendo cárcel para los menores infractores porque pensais que quedan totalmente impunes o porque os parece insuficiente la privación de libertad en un centro de menores...

Antes de responder a los comentarios, me gustaría denunciar en gran medida la ignorancia en torno a la LORPM y la situación de la criminalidad juvenil en España. Informándose un poquito, lo que se observa es que, por un lado, efectivamente desde el año 2000 se ha ido endureciendo el tratamiento penal de los menores (con lo que no hay tal permisividad ni impunidad) y, por otro, las cifras de delincuencia juvenil han ido disminuyendo (con lo que no es tal la alarma social). Sin embargo, se ha instalado bien entre nosotros la creencia de que es necesario más "mano dura", con el peligro de legislar y, aún peor, juzgar conforme a lo que la opinión pública (manipulada y vapuleada por los medios de comunicación) diga en un momento determinado, en lugar de atendiendo a criterios jurídicos (intervención mínima, proporcionalidad...) y a la lógica racional.

[Sigo ahora, por si se borra xD]
 
En realidad yo creo que eso de mayoria de edad no significa nada, ya que conosco personas de 14,18, hasta 12 años que yo diria que son personas muy maduras y capacez para la vid ay sin embargo conosco personas de mas de 21, de 30 entre mas numeros que parecen personas que nunca crecieron, realmente inmaduras, seria mejor si le hicieran algun tipo de examen a las persoans sicologico o algo asi para determinar si esta capacitado para los retos de la vida o no
 
La LORPM deja fuera de su ámbito de aplicación las infracciones cometidas por los menores de 14 años porque establece que puedan ser cubiertas o asistidas por el ámbito familiar o la ayuda psicológica, etc., no teniendo cabida la acción punible del Estado. La Ley entiende que el niño criminal de 12 años aún no ha adquirido la capacidad para comprender el injusto.

Siendo la consciencia del acto un tema delicado y discutible, en lo que hay que insistir, que parece que se olvida, es en los fines de la pena y en definitiva los principios que impregnan nuestro ordenamiento. La propia LORPM (que yo también quemaría pero por otros motivos) habla del superior interés del menor y el carácter primordial de intervención educativa, con el trasfondo y objetivo fundamental de la recuperación social del menor.

En ese sentido, me pregunto ¿qué se logra con privar la libertad de un niño de 12 años hasta 5 u 8 años para los delitos más graves (cometidos por un menor de 14/15 o 16 respectivamente)?

UBoy si vas a quemar la LORPM es porque has leído algo de ella que no te ha gustado, entonces ¿cómo puedes decir que <<a efectos penales realmente no hay nada>>? Para mí hay mucho en esa Ley y eso que me he saltado los aspectos procesales penales, pero lo que más me ha llamado la atención es lo siguiente:

* claro endurecimiento de las penas (respecto a la LO del 2000). Ej.: libertad vigilada hasta 6 meses; privación de libertad en régimen de internamiento cerrado hasta 8/5 años o 6/3 años según tramos de edad y carácter del delito.

* menor libertad del Juez al que, en ciertos casos, se le impone la aplicación de una medida sancionadora sin posibilidad de evaluación según su criterio e informes técnicos.

* posible violación o incompatibilidad con los principios de la Convención de los Derechos del Niño de 1989 (ratificado en 1990):

El artículo 37.b establece que los Estados partes velarán porque:

<<Ningún niño sea privado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de conformidad con la Ley y se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda>>


Porque encima hay un sector de la doctrina que sigue defendiendo que la Ley del Menor vigente no sólo está bien para proteger a los menores, sino que además habría que ampliarla para protegerles aún más...

:jajaja:

Uboy, tú y yo tenemos que enfrentarnos en juicio (fiscal/abogad@) con Acab de juez :jajaja:
 
Realmente la edad no importa, hay niños que maduran demasiado rápido y parece que ahora en la actualidad, los padres les dan más cosas que ponen en riesgo muchas cosas, como darle a un niño de 15 años un coche...

En cierta parte, en ciertos casos los padres no se preocupan de sus hijos y les dejan hacer los que le venga en gana...
 
¿Que en nuestro contexto no es el mismo el valor que se le da a la vida? No sé a qué te refieres, yo creo que sí. No conozco más allá de lo que ocurre en España, pero aquí la vida es un derecho fundamental que tiene el máximo valor, y el que no le da tanto valor (como puedan ser los terroristas) están mal vistos por la sociedad, de ahí que nuestra Ley prohíba el asesinato; y de ahí que yo diga que el asesinato debería ser delito a los 18, a los 16, a los 14, e incluso a los 12, del mismo modo que no debería ser delito que un niño de 12 años firme un contrato fraudulento porque debe ser nulo de pleno derecho.

Mmm lo que veo es que tu determinas el contexto según las leyes cívicas y normas morales, es decir, lo que está "bien visto" o "mal visto" desde un prisma legislativo y a base de una serie de reglas éticas tácitas. Pero mi visión no es unilateral, ni mucho menos determinista, yo no hablo de lo que es fundamental ante la ley ni nada parecido, hablo de como piensan o sienten las personas mismas. Lo ejemplificaré para q se vea más claro para donde apunto.

Lo anteriormente dicho en torno al "valor de la vida", en el Bronx o Brooklyn (por nombrar lugares conocidos por todos), las "reglas" son distintas, poco importa si es bien visto o mal visto, "¿según quién?" más de alguno contestaría. El valor de la vida en ese tipo de lugares es bastante diferente al que puede haber en el centro de Madrid. Un niño cualquiera de 16 años que viva en el centro de Madrid, a la pregunta "¿matarías por venganza?" lo más posible es que su respuesta sea "no", si la misma pregunta se la hacemos a un niño de 16 años que viva en el Bronx, posiblemente la respuesta sea diferente. El valor de la vida, sencillamente no es el mismo, así de simple. No lo es, no en todos lados la vida es valorada de la misma forma. Pero esto es sólo un ejemplo, esto vale para todo valor ético habidos y por haber.

Ha este tipo de cosas me refiero, no hablo de leyes civiles, ni reglas moralistas, la vida es un derecho básico ante la ley de eso no hay duda alguna. Pero si hablamos de contexto, no debemos mirar sólo desde un punto de vista y reducirlo todo a las leyes. Las leyes se construyen a través del contexto socio-cultural imperante y las leyes a su vez determinan el contexto socio-cultural, pero hay q ver ambas vertientes del asunto y poner énfasis en las excepciones, en las anomalías, no en lo que ya sabemos todos y en lo que funciona relativamente bien.
 
Leo y reflexiono de lo que ha escrito javi, es bastante razonable lo que dice, igual muchas cosas, muchas preguntas que se hagan a distintas personas en distintos lugares cambia...

Tan solo basta ver México y Estados Unidos... el valor que se le da a la familia es totalmente distinto...
 
Informándose un poquito, lo que se observa es que, por un lado, efectivamente desde el año 2000 se ha ido endureciendo el tratamiento penal de los menores (con lo que no hay tal permisividad ni impunidad) y, por otro, las cifras de delincuencia juvenil han ido disminuyendo (con lo que no es tal la alarma social). Sin embargo, se ha instalado bien entre nosotros la creencia de que es necesario más "mano dura", con el peligro de legislar y, aún peor, juzgar conforme a lo que la opinión pública (manipulada y vapuleada por los medios de comunicación) diga en un momento determinado, en lugar de atendiendo a criterios jurídicos (intervención mínima, proporcionalidad...) y a la lógica racional.

[Sigo ahora, por si se borra xD]

Me parece que esta es la clave de todo el meollo. Muy bien dicho ;)

Respondiendo a Wanna y a otros: no, ni siquiera en caso de asesinatos considero que alguien de 12 de años es plenamente consciente y responsable de sus actos (de hecho, la ley tampoco considera que sea así).

Cuando me refiero a consciente y responsable no digo por supuesto que no distinga lo que es la vida y la muerte, pero no sería nada descabellado que a través de juegos o situaciones que con 20, 25 o 30 años asumimos como insensatas o estúpidas un menor de esa edad pueda causarle la muerte a otro, más aún teniendo en cuenta lo influenciables que somos -y hemos sido todos- a esas edades.

En cualquier caso que un menor cause la muerte es una situación rarísima, y hay que recordar que nuestro sistema jurídico penal tiene como fin último la reinserción, frente a la concepción de la justicia como revanchismo y/o venganza que se desprenden de algunos comentarios. Justicia no es ojo por ojo, diente por diente, y menos aún en una persona de 8, 10 o 14 años, por muy grave que sea lo que haya hecho.

No es en absoluto equiparable un niño de 12 años con un hombre/mujer de 30 o de 40, en condiciones mentales normales.
 
Uff, así no hay quién estudie :p Pero qué interesante se está volviendo esto. Con las Leyes en la mesa, como a mi me gusta :p

Mini-resumen de lo que voy a decir: Yo endurecería las sanciones de la Ley, que si ya de por sí para los adultos muchas veces me parecen insuficientes, las de los menores son para echarse a reír.

Primero contesto a Madrileño que es más cortito de explicar. Yo no opino que los niños de 12 años deban ser comparables a los de 30, ni mucho menos; es más, no opino que deban aplicarseles las mismas leyes, como ya dije. Opino que en casos extremos (aunque estos sean inusuales) sí debería regularizarse una sanción oportuna. Actualmente, aunque muchos no os lo creais, hay numerosos casos de violencia a partir de esa edad. Así, en mi experiencia estudiantil, tuve la suerte de no ser acosado jamás, pero en el trayecto vi cómo más allá de la típica pelea grupos organizados de niños de entre 12 y 14 años utilizaban la violencia hasta tal punto que yo he llegado a conocer un caso en el que la víctima quedó en coma; y otros tantos que salieron mal parados. Meter en la cárcel con delincuentes de 30 y 40 años no parece una solución, pero crear cárceles (como los internados que hoy funcionan, pero con profesionales que verdaderamente trabajen para reinsertar a los niños) para gente de entre 12 y 18 años, sí lo propondría). Mejor que dejar al niño con la única sanción de "expulsado del centro escolar", lo veo.

A la hora de la verdad, esa clase de internados (para niños de entre 14 y 18 años) funcionan con dinero. O los padres quieren deshacerse de sus hijos y tienen pasta para hacerlo, o a sufrir su presencia se ha dicho; a no ser que el caso sea muy muy muy muy muy MUY grave. Yo personalmente llegué a conocer un caso en el que incluso la madre quería que internaran a su hijo y no tenía dinero para permitirse pagar un centro, pero "obligarle" no le obligaban, si querían internarle había que pagar. No sé hasta qué el punto se tiraba el pisto esta señora, pero aquí lo dejo por si podeis rebatirlo, que lo hagais. Esos "niños" de 14 a 18 años son perfectamente conscientes de sus actos, y a mi juicio deberían ser considerados responsables de sus acciones legalmente con sanciones más serias que la de: "dos meses de trabajos sociales" (por lo que veo la nueva Ley es un poco más seria al respecto). Un niño de 12 años puede ser manipulado para muchas cosas, pero si hace que otro niño entre en coma de una paliza, o le causa la muerte, por raros que sean estos casos hay que regularizarlos (aunque como ya digo al ser casos tan raros es el menor de los problemas de la legislación vigente en lo que a menores se refiere). Sé que no es correcto ni fiable hablar del caso de fulanito o menganito, y más sabiendo cómo le gusta hablar a la gente sin tener ni idea de lo que habla, pero mucha casualidad es que de todos los pre-delincuentes que he conocido el 98% hayan acabado en la cárcel al cumplir los 18-19 años, y antes no hayan recibido más sanción que la de "abrirles una ficha" cuyos datos (antecedentes) se borrarían pasado cierto plazo al cumplir los 18 si no reincidían, bronca en plan: "has sido malo", y si has sido muy muy muy muy malo, trabajos para la comunidad y en ultimísima instancia internamiento (pero ultimísima).

Cuando me refiero a consciente y responsable no digo por supuesto que no distinga lo que es la vida y la muerte, pero no sería nada descabellado que a través de juegos o situaciones que con 20, 25 o 30 años asumimos como insensatas o estúpidas un menor de esa edad pueda causarle la muerte a otro, más aún teniendo en cuenta lo influenciables que somos -y hemos sido todos- a esas edades.

En lo que yo decía sobre los niños de 12 años, sólo decía que debería regularse para ellos el asesinato (matar a otro con premeditación y alevosía), y quizá otras formas de agresión bajo el supuesto de premeditación y no como accidente. En lo que respecta a los de edades comprendidas entre 14 y 18 años no me cabe ninguna duda de que siempre deben ser considerados delincuentes con todas las letras si cometen cualquier acto de agresión por el que se les condenaría siendo adultos. No hablo de homicidio involuntario por una irresponsabilidad que requiera madurez para decidir que eso no estaría bien. Insisto, yo no hace tanto que he tenido 14 años y jamás se me ocurrió agredir a nadie, ni amenazarle de muerte, ni ninguna barbaridad semejante. Sin ser víctima de nada de eso, sí he sido testigo de cómo estos actos a esa edad no son sancionados.

Sobre los posts de SonialovesMJ, en primer lugar, reconozco que no he leído la LORPM 8/2006; de hecho no sabía de su existencia (y de ahí que comentase que recientes sentencias ya imputaban civilmente a menores y me parecía genial que así fuere; pero que no sabía hasta qué punto esas sentencias suelas que había leído casi por casualidad habían sido recurridas o no). La Ley que me leí en su momento fue la 5/2000, que aunque en todo momento hable de la protección a las víctimas, la no-regulación de ciertas acciones cometidas por menores era a mi juicio casi insultar a las víctimas. He buscado ambas leyes (la ya derogada y la actual), y tengo unos cuantos comentarios que hacer con respecto al presente debate.

Primero aclaro esto:

Lo primero una corrección (y que me corrijan, a su vez, si es necesario): con nuestras leyes se es imputable penalmente a partir de los 14 años. De manera que Uboy, cuando proponías la imputabilidad penal a partir de los 16 ¿te estabas refiriendo a que a éstos se les aplique el Código Penal en lugar de la LORPM?

Por ese camino veo mucha confusión en algunos y no comprendo si es que estais pidiendo cárcel para los menores infractores porque pensais que quedan totalmente impunes o porque os parece insuficiente la privación de libertad en un centro de menores...

La privación de la libertad en un centro de menores me parece suficiente, pero bajo mi posiblemente equivocado punto de vista esta medida no se aplica en tantos casos como se debiera. Sí, se aplica en casos de asesinato, de bandas organizadas que con premeditación cometen una agresión muy grave... Pero creo que debería aplicarse tal medida para CUALQUIER agresión de una gravedad mínima (es decir, no por una pelea de patio, pero sí aplicaría los términos del Código Penal en este sentido aunque la pena se cumpliese en un centro de menores.

En cualquier caso, hablaba de imputabilidad a partir de los 12 años para una serie de casos, y a partir de los 14 (como ya está) para muchos otros que aún siguen sin estar del todo bien perfilados.

Una vez aclarado esto, continuo...

No recordaba lo mucho que me enfadaba esa ya derogada Ley Orgánica 5/2000 hasta que he releído su artículo 7, que regula las medidas susceptibles de ser impuestas a los jóvenes de entre 14 y 18 años (a los que afectaba esta Ley según su artículo 1), y que es recogido TAL CUAL por la LO 8/2006, así que para el caso también me vale.

Internamiento en régimen cerrado, en las que tienen actividades formativas, culturales, de ocio... Vamos, que sí está pensado para la reinserción, y es con la que más de acuerdo estoy que se utilizase muchísimo más a menudo, pero como ya digo a la práctica no he visto muchos casos en los que se aplique (lo que no significa que no se haga, es cierto), es mucho más común aplicar las famosas medidas de "amonestación" (hablar contigo y explicarte lo malo que has sido, como cuando tienes 3 años y metes los dedos en el enchufe) y las famosas "prestaciones en servicio de la comunidad", vamos, que les mandan trabajar un poquito, por lo que en mi entorno he visto. Observo que en la nueva Ley se pone como medida preferente el internamiento en un centro de régimen cerrado tras el cual, al igual que se procedía con la ley anterior si tenías la mala suerte de ser condenado con esa medida, se procedería a un período de tiempo en libertad vigilada. Espero que esto sirva para que verdaderamente tal sanción comience a aplicarse.

No hablo en base a lo visto en prensa. Hablo de lo que he visto por mis propios ojos hasta hace unos meses que cumplí los 18 años en mi entorno, además de lo que pude documentarme a base de la Ley anterior y alguna que otra sentencia. Verdaderos delincuentes (bueno, pre-delincuentes por hablar con propiedad) que eran detenidos por robo, agresiones tanto a coetaneos como a mayores que ellos (lo de las palizas a profesores está a la orden del día, en mis últimos 3 años de instituto pegaron a 5 profesores, llegandole a romper el brazo a uno de ellos por no hablar de los daños materiales -pinchazo de ruedas del coche, con puertas ralladas...), entre otras lindezas; que eran denunciados con testigos y pruebas y que quedaban impunes, no sé si por falta de regulación o de eficacia de la misma, y quizá este sea el error de mi discurso, pero las demandas que he conocido NO prosperan como a mi juicio deberían.

No se trata de "ojo por ojo", se trata de mirar más por proteger a las víctimas que por la reinserción del pre-delincuente (que también es importante y no hay que obviarla, por supuesto). La Ley escrita está en unos términos poco provistos de sanciones en esta materia, con palabras muy bonitas enfocadas a la protección que yo insisto no consiguen tal fin, y me ha alegrado muchísimo leer el nuevo artículo 37b, que permite incluso la cárcel para medidas MUY MUY extremas como yo proponía antes de leerlo. Así que en este sentido no puedo más que retractarme de que la Ley debería legislar esto, en tanto en cuanto YA está legislado. Ahora a esperar que los tribunales de menores utilicen dicho artículo.

Con mi frase de que a efectos penales no hay nada, debí decir que no hay "nada", con el matiz de las comillas, y ahora debería retractarme diciendo que no HABÍA "nada". No obstante, quiero insistir en lo que dije al principio, que pese a lo que me he documentado con los años hablo desde la más absoluta ignorancia en la materia, y mi opinión va muy influenciada no por los medios, sino por lo que he podido ir viendo en la calle.

Me alegra leer que al menos, SonialovesMJ, aunque no estés de acuerdo conmigo en que esta Ley no es la mejor que tiene el Estado español. Y también digo que me gustan las reformas que ha tenido la misma en los últimos años (reformas que yo ignoraba).

Y dejo de escribir aqui hasta la próxima que me da vueltas la cabeza, no sé ya ni lo que he escrito.
 
Última edición:
Lo de la mayoría de edad es solo para legislar unos valores de forma general, no todo el mundo madura de la misma forma y algunos no lo hacen en la vida.

Se supone que mayoría de edad es cuando una persona es consecuente de sus actos y madura.

Viendo como crece la violencia y la agresividad irracional entre los jóvenes y las peleas callejeras que a veces acaban en homicidios, creo que antes habría que restaurar algunos valores educacionales antes de cambiar una simple cifra.
 
Lección Magistral del juez de menores Emilio Calatayud acerca de la patria potestad hasta los 18 años y la incoherencia de ciertas medidas con la misma, la educación a los niños, las sanciones a los menores de edad tanto desde la competencia de la escuela hasta el juzgado... Nos puede venir bien para este debate. Me ha recomendado el video mi profesora de Teoría del Derecho. No sé si en este debate tiene mucho que ver, pero aún a riesgo de desviar el debate, sí creo que nos puede valer como referencia a lo que estamos hablando.. Yo ya comentaré algo, ahora mismo no sé si aplaudirle o indignarme por algunas de sus propuestas.

http://www.youtube.com/watch?v=K2GTauJT5Vg&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=91gDdSSX_jk&feature=related

EDIT:

Algo he pensado, y me sirve para argumentar algo.

Es sobre un comentario que me citaba SonialovesMJ con el emoticono de una risa sobre que hay quien pretende "proteger aún más al menor" eliminando las pocas sanciones que hay y sustituyendolas todas por sesiones en las que se le explique al niño lo que ha hecho y trabajos comunitarios. Quizá mi frase esté mal redactada, o confusa, pero lo que quise decir en esa frase es probablemente de lo que más seguro estoy de todo lo que he dicho aquí. Puse que hay "un sector de la doctrina" que lo defiende, y este señor quizá en parte lo hace con eso de decir que JAMÁS hay que expulsar a los niños de las aulas. Lo que quise decir con mi comentario fue que, aunque haya que intentar reinsertar a los agresores, NUNCA esta reinserción debe hacerse en perjuicio de ningún inocente, y la imposibilidad de expulsar de las aulas a los pre-delincuentes, por poner un ejemplo, hace imposible que los que van a estas sin perjudicar a nadie puedan estudiar. Esto, a la práctica, es lo que ocurre, y lo que parece que quieren que ocurra cada vez más. ¿Que queremos que estos señores reciban su derecho a la educación? Vale, pero en un aula aparte. Como bien comentaba el Sr Calatayud, que se le expulse del aula y no del centro. Yo, personalmente, los expulsaba de los centros y los metía a todos en un centro de educación especial (entendiendo por especial no lo que se entiende normalmente como discapacidad mental, sino por condiciones especiales, adecuados a este tipo de gente, de modo que no molesten a quien quiere labrarse un futuro y se pueda reinsertar a éstos para que se lo puedan labrar ellos mismos). Es un ejemplo el de la educación que me viene bastante bien para ilustrar lo que quise decir con esa frase.
 
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