Gary Indiana, ya que te pones a copiar palabras ajenas como una descosida podrías cuanto menos citar la fuente, no vaya a ser que alguien siga pensando que todo lo que dices es cosecha propia.
En este enlace:
http://republicaconstitucional.wordpress.com/ podemos encontrar palabra por palabra algunas de las cosas que te has dedicado a poner aqui. Te has dedicado a copiar de forma íntegra, chascarrillos incluidos, lo que ha dicho un tal Alejandro Pérez en un blog llamado Diccionario Político de la República Constitucional.
Ya que tanto hablas de tener respeto, precisamente por respeto a los que te leen aqui y por respeto al tal Alejandro Pérez lo mínimo es citar la fuente y decir de dónde o de quien lo has sacado.
Dejando de lado este hecho que cada uno puede juzgar como estime conveniente -aunque no tiene muchas lecturas ni justificaciones posibles- vamos a ver algunas de las cosas que dice el tal Alejandro Pérez y que has asumido como propias.
Las fuerzas armadas garantizan la Monarquia Parlamentaria por el art 8.1 . Todo esta atado y bien atado , sin posibilidad de entrada jamas de una Republica o ni siquiera de un sistema presidencialista ( aun manteniendo la Monarquia ) , puesto que las fuerzas armadas , con el rey a la cabeza estaran prestas a defender la inconstitucionalidad de esas opciones .
Una interpretación torticera e interesada del texto constitucional según la cual los militares y las fuerzas armadas, con el rey a la cabeza, gozan de iniciativa política y de acción de forma independiente. El artículo 8.1 no se refiere única y exclusivamente a garantizar la monarquía parlamentaria, que ni siquiera sale nombrada en este artículo, sino que establece que las FFAA "tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional".
Sin embargo lo que no tiene en cuenta el tal Alejandro Pérez y por supuesto tu tampoco es el arítuclo 97: "
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y MILITAR y la defensa del Estado (...)"
Por lo tanto, las Fuerzas Armadas están siempre supeditadas al poder ejecutivo, y esa visión decimonónica de tu amigo Alejandro por la cual los militares gozan de iniciativa propia para actuar cuando les venga en gana denota un gran desconomiento del derecho constitucional actual.
Se exalta la libertad de empresa y la economia de mercado , elevandolas al rango de constitucional ( art 38 ) . Atencion a todos los que no seais capitalistas , puesto que vuestras ideas pueden ser inconstitucionales .
Otro ejemplo de manipulación barata y otra muestra más de ausencia de ese rigor que supuestamente iba a reinar en "tus" escritos.
El artículo 38 dice: "Se reconoce [que no se exalta] la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado"
Pero a continuación tambien dice: "
Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la PLANIFICACION".
Es decir, el texto constitucional abre la puerta a uno de los mayores temores de los capitalistas, la planificación económica, un rasgo propio y caracterísitico de las políticas económicas de izquierdas, tanto comunistas como socialdemócratas.
Por si quedan dudas, esto se desarrolla en el artículo 131:
"
El Estado mediante ley podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución"
Además, el artículo 128 produce grandes dolores de huevos a los liberales:
"Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica"
La estupidez de la frase del autor original de esas líneas referida a la inconstitucionalidad de las ideas de los no capitalistas como vemos es evidente y no hay por donde cogerla. El supuesto rigor que ibas a demostrar sigue estando muy lejos.
La personalidad del rey es inviolable , y ademas es irresponsable de cualquier acto ( art 56.1 64.1 64.2 ) . Esto significa que el rey puede cometer cualquier tipo de delito , que siempre mantendra su impunidad frente a la ley . No añadire mas comentarios sobre esto .
Para empezar, lo que es inviolabe es la persona del rey, no su personalidad.
La irresponsabilidad del rey que se cita en el artículo 56.3 viene referida principalmente a sus actos políticos, y esto es consecuencia de que la figura del rey en una monarquía parlamentaria no tiene contenido político ni jurídico vinculante.
Para acentuar este vacío de capacidad real del monarca se recurre a la figura del refrendo (art. 64), por el cual el Presidente del Gobierno y los Ministros son los que asumen la responsabilidad de los actos firmados por el rey, ya que son los que tienen plena capacidad jurídica y política.
En esto consiste la
irresponsabilidad política del rey: en limitarse a tener una actuación simbólica firmando decretos, estando siempre avalado por el refrendo de los Ministros o del Presidente del Gobierno, sin el cual los actos no tienen validez ninguna. Por lo tanto, la posibilidad de actuación del rey de forma independiente es nula e inexistente.
Harina de otro costal es el debate sobre su
inviolabilidad penal, debate que sigue abierto por los juristas penales y constitucionalistas en el que no voy a entrar pq desconozco los detalles, aunque si encuentras algo por la red por supuesto puedes ponerlo como si fuera tuyo y aqui paz y despues gloria. En última instancia, de darse el caso de que el rey cometiera un delito manifiesto y se amparase en su inviolabilidad y ésta fuera reconocidad a efectos penales, sería el fin de la monarquía parlamentaria.
En virtud del articulo 62 , el Rey es el encargado de sancionar ( firmar ) las leyes . Si se negara a sancionar una ley aprobada por las Cortes , estaria vetandola , y podria ocurrir en cualquier momento si alegara por ejemplo motivos de conciencia , como le ocurrio a Balduino De Belgica .
Sin embargo , a diferencia del otro pais europeo , en el nuestro no esta comtemplado ni regulado el veto regio ( pues realmente de esto se trataria ) , por lo que la vigencia de la ley quedaria retrasada indefinidamente ..
Esto es tan absurdo que directamente paso de comentarlo.
Y así podríamos seguir y seguir, con "tus" menciones a los sistemas presidencialistas, al Tribunal Constitucional, y un largo etcétera.
Este post es de vergüenza ajena y lamentable desde el principio. Te has dedicado a copiar cosas de las que dudo que tengas mucha idea, por no decir ninguna, sin citar siquiera la fuente y como un supuesto muestrario de "tus" ideas.
Hay muchas formas de plantear este tema de una forma interesante (que lo es) y sobretodo honrada, que nada tienen que ver con todo esto que has empezado como una especie de cruzada personal por demostrar al resto no se muy bien el que.