Sacado de la Ley Orgánica 3/1981 de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.
Ya sabemos que trámites seguir...
CAPÍTULO TERCERO.
TRAMITACIÓN DE LAS QUEJAS
Artículo 15.
Uno. Toda queja se presentará firmada por el interesado, con indicación de su nombre, apellidos y domicilio, en escrito razonado, en papel común y en el plazo máximo de un año, contado a partir del momento en que tuviera conocimiento de los hechos objeto de la misma.
Dos. Todas las actuaciones del Defensor del Pueblo son gratuitas para el interesado y no será preceptiva la asistencia de letrado ni de procurador. De toda queja se acusará recibo.
Artículo 16.
Uno. La correspondencia dirigida al Defensor del Pueblo y que sea remitida desde cualquier centro de detención, internamiento o custodia de las personas no podrá ser objeto de censura de ningún tipo.
Dos. Tampoco podrán ser objeto de escucha o interferencia las conversaciones que se produzcan entre el Defensor del Pueblo o sus delegados y cualquier otra persona de las enumeradas en el apartado anterior.
Artículo 17.
Uno. El Defensor del Pueblo registrará y acusará recibo de las quejas que se formulen, que tramitará o rechazará. En este ultimo caso lo hará en escrito motivado, pudiendo informar al interesado sobre las vías mas oportunas para ejercitar su acción, caso de que a su entender hubiese alguna y sin perjuicio de que el interesado pueda utilizar las que considere mas pertinentes.
Dos. El Defensor del Pueblo no entrará en el examen individual de aquellas quejas sobre las que este pendiente resolución judicial y lo suspenderá si, iniciada su actuación, se interpusiere por persona interesada demanda o recurso ante los tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional. Ello no impedirá, sin embargo, la investigación sobre los problemas generales planteados en las quejas presentadas. En cualquier caso velará por que la Administración resuelva expresamente, en tiempo y forma, las peticiones y recursos que le hayan sido formulados.
Tres. El Defensor del Pueblo rechazará las quejas anónimas y podrá rechazar aquellas en las que advierta mala fe, carencia de fundamento, inexistencia de pretensión, así como aquellos otras cuya tramitación irrogue perjuicio al legitimo derecho de tercera persona. Sus decisiones no serán susceptibles de recurso.
Artículo 18.
Uno. Admitida la queja, el Defensor del Pueblo promoverá la oportuna investigación sumaria e informal para el esclarecimiento de los supuesto de la misma. En todo caso dará cuenta del contenido sustancial de la solicitud al organismo o a la dependencia administrativa procedente con el fin de que por su jefe, en el plazo máximo de quince días, se remita informe escrito.
Tal plazo será ampliable cuando concurran circunstancias que lo aconsejen a juicio del Defensor del Pueblo.
Dos. La negativa o negligencia del funcionario o de sus superiores responsables al envío del informe inicial solicitado podrá ser considerada por el Defensor del Pueblo como hostil y entorpecedora de sus funciones, haciéndola pública de inmediato y destacando tal calificación en su informe anual o especial, en su caso a las Cortes Generales
__________________________________________________
Ya se que suena a utpía y que no tiene nada de futuro.
Pero imaginad por un momento que nos aceptan la queja, investigan...y la cosa empieza a cambiar. Se podria dirigir la queja de forma general, no solo hacia el Arnau, dando a entender que las "informaciones" que salen de la boca de muchos colaboradores en programas de televisión son totalmente falsas, y en algunos casos delictivas. Y la Constitución nos ampara!
Imaginad que se causa un poco de revuelo, y se crea en el Congreso a raiz de todo esto una nueva Ley "sobre regulación de los contenidos en los medios de comunicación relacionados con el derecho al honor y la intimidad". O algo así.
De esta forma estaría todo regulado. NO se trataria de crear censura, sino de que tuvieramos en España una
LIBERTAD DE EXPRESIÓN JUSTA , que no diera pie esa libertad a calumniar de forma tan fácil a cualquier persona, parapetado en un programa de televisión, con total impunidad. Esto no debería ser así.
Es una locura, pero sería lo mas justo.
A ver que opinais al menos.