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El Estado de California contra el Dr. Murray [Juicio] *COMENTARIOS*

Si al jurado le parece también completamente creíble y coherente lo que explica de las medicaciones y los demas doctores, y también que intentara (Conrad Murray) desenganchárle del propofol,

el jurado,
por ley,
tendrá que absolver a Conrad Murray del delito del cual está acusado.

(porque la defensa habrá demostrado que Conrad Murray no actuó con negligencia, sino que lidió con una situación creada anteriormente por otros médicos: el sistema judicial deberá entonces inculpar a esos otros médicos por haber causado, ellos y no Murray, la muerte de Michael Jackson)

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Pero creo que una cosa no quita la otra. Está claro que sí actuó con negligencia al tratarlo con propofol en su casa sin el equipo correspondiente, y tardando tanto en llamar al 911, ocultarles información a los paramédicos, etc etc etc.
 
El artículo del que yo hablaba en España es el tipificado en el Código Penal, art. 142.3, que habla sobre UNA modalidad del Homicidio Imprudente, la cometida por imprudencia profesional; lo que engloba profesiones como la medicina, etc...

Como el homicidio es imprudente y es cometido por un médico que estaba a cargo de Mj, es homicidio imprudente punto tres.

Sigue siendo igual que el 142.1 sólo que además se produce un castigo añadido inhabilitandole profesionalmente.

Y yo hablaba de España y de lo que sería aquí, que es igual que lo que se le imputa allí, homicidio involuntario más la inhabilitación que se le impuso para recetar medicación desde antes de que empezara el juicio.

Art. 142.3: La regulación de la imprudencia profesional ha sufrido una acusada modificación en cuanto a su tratamiento punitivo en el nuevo Código Penal, si en el anterior Código Penal daba lugar a una agravación de la pena, en el precepto comentado se opta por imponer una pena de inhabilitación especial con carácter acumulativo a la pena privativa de libertad, pero sin aumentar en ningún caso esta última



Lo de la inhabilitación ya se dijo
 
Todo lo que dices esta fuera de lugar en el momento que es un supuesto y creo que este hilo no habla de supuestos

Para decidir que seria en España lo haría la Fiscalia
Entonces sabríamos que seria en España

Saluditos y que descanses

Que cojo... de supuestos ni ocho cuartos.

Manslaughter de Usa o homicidio involuntario es sólo equiparable en España a Homicidio imprudente. Aquí no existe el homicidio culposo o involuntario, aquí sólo existe Homicidio doloso y homicidio imprudente (y dentro de este está el punto 3 que recoge profesiones como la medicina).

No hace falta ir a la fiscalía para tipificar un hecho, sólo encontrar la tipificación de esa conducta delictiva en el C.P.
 
Te pasas los dias dando lecciones
Yo he opinado desde lo que se,no he presumido
Ahora tendrías que estudiar para aprender a tratar a las personas educadamente
Sería bueno

Descansa

Tu has dicho que hay que estudiar y acabar estudios, como si yo no lo hubiera hecho.

Y hasta el día de hoy la única que ha dicho en más de una ocasión que ha estudiado derecho eres tú.

Tu no tienes que estudiar para ser más humilde, para eso estaban tus padres; no hay código que enseñe comportamientos.
 
Este caso pertenece claramente al 142.3 ya que es una imprudencia profesional. Vamos, lo mismo que el 142.1 más la inhabilitación para su cargo.

Omayra, sigue siendo imprudencia grave.

Y homicidio culposo, doloso, no es ya que no hay intencionalidad.

Art. 142.3: La regulación de la imprudencia profesional ha sufrido una acusada modificación en cuanto a su tratamiento punitivo en el nuevo Código Penal, si en el anterior Código Penal daba lugar a una agravación de la pena, en el precepto comentado se opta por imponer una pena de inhabilitación especial con carácter acumulativo a la pena privativa de libertad, pero sin aumentar en ningún caso esta última


La pena sigue siendo de uno a cuatro años
No comprendo que te lies tanto
Lo de la inhabilitación ya se dijo hace muchos posts
 
Última edición:
Art. 142.3: La regulación de la imprudencia profesional ha sufrido una acusada modificación en cuanto a su tratamiento punitivo en el nuevo Código Penal, si en el anterior Código Penal daba lugar a una agravación de la pena, en el precepto comentado se opta por imponer una pena de inhabilitación especial con carácter acumulativo a la pena privativa de libertad, pero sin aumentar en ningún caso esta última



Lo de la inhabilitación ya se dijo

¿Y quíen demonios ha hablado de una agravación de la pena principal?. Yo he hablado de que ese comportamiento en el Código Penal español es Homicidio imprudente en el ambito profesional.

No te las des, porque eso es lo que dije y no admite más vueltas de hoja cuando buscamos un simil en la legislación española.

Pd- descansa tú, que yo estoy ya en la cama tan agusto.
 
Lo que corresponda en el Ordenamiento Jurídico y Ley de Procesamiento de España y las equivalencias en cuanto al Articulo que en España corresponda a ese tipo de delito no tienen nada que ver con el juicio "The People of California vs Conrad Murray": no creo que se deba de discutir ni enfadarse entre usuarios de un foro por ese Debate.

Nos sería de gran ayuda que alguién de habla hispana y conocimientos y/o carrera de Derecho en Estados Unidos y licenciado en el Estado de California nos explique las leyes y articulos aplicables en el Estado de California.

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¿Y quíen demonios ha hablado de una agravación de la pena principal?. Yo he hablado de que ese comportamiento en el Código Penal español es Homicidio imprudente en el ambito profesional.

No te las des, porque eso es lo que dije y no admite más vueltas de hoja cuando buscamos un simil en la legislación española.

Pd- descansa tú, que yo estoy ya en la cama tan agusto.


Cuando te rebaten algo debes estar de foto
Mentalizate de que dijiste una tonteria
Y si!!!
Terminé la carrera ayer como quien dice
Soy una novata ilusionada nada mas que eso
Que pena
Solo tengo 23 añitos

Lee a la gente y molestate en ser un poco mas amable
 
Última edición:
Lo que corresponda en el Ordenamiento Jurídico y Ley de Procesamiento de España y las equivalencias en cuanto al Articulo que en España corresponda a ese tipo de delito no tienen nada que ver con el juicio "The People of California vs Conrad Murray": no creo que se deba de discutir ni enfadarse entre usuarios de un foro por ese Debate.

Nos sería de gran ayuda que alguién de habla hispana y conocimientos y/o carrera de Derecho en Estados Unidos y licenciado en el Estado de California nos explique las leyes y articulos aplicables en el Estado de California.

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Vamos a ver, Murray sólo puede librarse si consigue hacer creer que MJ se autoinyectó y el no sabía nada.

Y eso es más que improbable y no hay huellas de Mj en la jeringuilla, con lo que Murray es culpable sí o sí de "Manslaughter"/homicidio involuntario, o como en España sería, homicidio imprudente.

No hay más.
 
Lo que corresponda en el Ordenamiento Jurídico y Ley de Procesamiento de España y las equivalencias en cuanto al Articulo que en España corresponda a ese tipo de delito no tienen nada que ver con el juicio "The People of California vs Conrad Murray": no creo que se deba de discutir ni enfadarse entre usuarios de un foro por ese Debate.

Nos sería de gran ayuda que alguién de habla hispana y conocimientos y/o carrera de Derecho en Estados Unidos y licenciado en el Estado de California nos explique las leyes y articulos aplicables en el Estado de California.

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Yo no me enfado preciosa
Es que debatir así es imposible
Ni discuto mi me enfado nunca.

Besos y ahora que te veo aquí
Muchisimas gracias por la traducción que haces cada dia para los que te seguimos
Un abrazo preciosa
 
Yo no me enfado preciosa
Es que debatir así es imposible
Ni discuto mi me enfado nunca.

Besos y ahora que te veo aquí
Muchisimas gracias por la traducción que haces cada dia para los que te seguimos
Un abrazo preciosa

OFF TOPIC: Por un segundo no habia visto quien ha escrito esto y no sé por qué tenia en mente que lo estaba escribiendo Kapital citando a Malaga y he dicho... Joder estoy 15 minutos sin entrar en el foro y ya se mandan abrazos y de todo....:jajaja::jajaja: Esta torticulis va a acabar conmigo :(
 
Y yo hablaba de España y de lo que sería aquí, que es igual que lo que se le imputa allí, homicidio involuntario más la inhabilitación que se le impuso para recetar medicación desde antes de que empezara el juicio.

Jojojo, y yo me he perdido este apasionante intercambio de.... palabritas, cachisssss.

Art. 142.3: La regulación de la imprudencia profesional ha sufrido una acusada modificación en cuanto a su tratamiento punitivo en el nuevo Código Penal, si en el anterior Código Penal daba lugar a una agravación de la pena, en el precepto comentado se opta por imponer una pena de inhabilitación especial con carácter acumulativo a la pena privativa de libertad, pero sin aumentar en ningún caso esta última


La pena sigue siendo de uno a cuatro años
No comprendo que te lies tanto
Lo de la inhabilitación ya se dijo hace muchos posts

Omayra, no dudo de que el día de mañana llegues a ser una excelente profesional, pero en ocasiones quizá leas demasiado apurada y tú solo te lleves a equívocos. Tb te ha ocurrido conmigo, solo que yo te dejé estar porque creo que lo haces sin darte cuenta, llevada por el énfasis de la juventud y la pasión por la profesión. Te ciegas en algo que crees haber entendido y resulta que lo estás malinterpretando.

En este caso tb has malinterpretado a Kapital y tú estás contestando sobre algo que él no ha dicho. Te aconsejo que vuelvas a leer su post inicial y verás tu equivocación.

Él estaba haciendo un comentario en base a su creencia de que Murray será hallado culpable (la cual por cierto, tb es la mía) y dentro de ese comentario, al referirse al homicidio involuntario, dijo que en España se equipararía o se llamaría homicidio imprudente prof. Y tiene toda la razón.

Pero tú te liaste a hacer un copia/pega del art. 142, diciéndole que no tenía razón, que estudiara, que la teoría es una cosa y la práctica otra (¿¿??), y no has dejado de señalar en cada uno de tus post exactamente lo mismo que él ha dicho desde el principio.

Creo que has pensado que él hablaba de juzgar a Murray por un cargo mayor y te lanzaste al ruedo de llevarle la contraria sin haberle leído bien.

No hizo más que un comentario de que el homicidio involuntario californiano, en España se llamaría homicidio imprudente prof.

Todos nos equivocamos, yo tb; por eso mismo creo que puedo aconsejarte que te tomes las cosas con más calma para leer mejor. ;)
 
Jojojo, y yo me he perdido este apasionante intercambio de.... palabritas, cachisssss.



Omayra, no dudo de que el día de mañana llegues a ser una excelente profesional, pero en ocasiones quizá leas demasiado apurada y tú solo te lleves a equívocos. Tb te ha ocurrido conmigo, solo que yo te dejé estar porque creo que lo haces sin darte cuenta, llevada por el énfasis de la juventud y la pasión por la profesión. Te ciegas en algo que crees haber entendido y resulta que lo estás malinterpretando.

En este caso tb has malinterpretado a Kapital y tú estás contestando sobre algo que él no ha dicho. Te aconsejo que vuelvas a leer su post inicial y verás tu equivocación.

Él estaba haciendo un comentario en base a su creencia de que Murray será hallado culpable (la cual por cierto, tb es la mía) y dentro de ese comentario, al referirse al homicidio involuntario, dijo que en España se equipararía o se llamaría homicidio imprudente prof. Y tiene toda la razón.

Pero tú te liaste a hacer un copia/pega del art. 142, diciéndole que no tenía razón, que estudiara, que la teoría es una cosa y la práctica otra (¿¿??), y no has dejado de señalar en cada uno de tus post exactamente lo mismo que él ha dicho desde el principio.

Creo que has pensado que él hablaba de juzgar a Murray por un cargo mayor y te lanzaste al ruedo de llevarle la contraria sin haberle leído bien.

No hizo más que un comentario de que el homicidio involuntario californiano, en España se llamaría homicidio imprudente prof.

Todos nos equivocamos, yo tb; por eso mismo creo que puedo aconsejarte que te tomes las cosas con más calma para leer mejor. ;)

Tu crees???

Léenos a los dos objetivamnete y entonces es muy posible que ninguno de los dos tengamos razón o los dos estemos diciendo exactamente lo mismo.

O la tengamos cada uno en nuestro argumento

Aquí el tema que nos ocupa es el caso de Murray y querer pasar por como se llamaría en España no nos soluciona nada.

En Estados Unidos por Homicidio Involuntario la pena asciende de dos a a cuatro años de privación de libertad y la retirada de la licencia médica por el tiempo que el juez determine.

En España por lo que el llama homicidio imprudente la pena es de uno a cuatro años de prisión y la inhabilitacion para ejercer.

A Murray se le juzga por homicidio involuntario, que es lo que llevamos todo el tiempo diciéndole y lo que seria en España no tiene nada que ver aquí.

Se hizo un lio de Narices y solo le cambió en nombre.

Ganas de Marear al personal.

Y sigo diciendo lo mismo y no me dirigí a el aunque lo citase, las leyes no siempre van condicionadas a un articulo, es sencillamente lo aplicable en teoría, una base que luego puede cambiar delante de un juez.
 
Última edición:
Lo que corresponda en el Ordenamiento Jurídico y Ley de Procesamiento de España y las equivalencias en cuanto al Articulo que en España corresponda a ese tipo de delito no tienen nada que ver con el juicio "The People of California vs Conrad Murray": no creo que se deba de discutir ni enfadarse entre usuarios de un foro por ese Debate.

Nos sería de gran ayuda que alguién de habla hispana y conocimientos y/o carrera de Derecho en Estados Unidos y licenciado en el Estado de California nos explique las leyes y articulos aplicables en el Estado de California.

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Lo has dicho mucho mas facil que yo
A ver si asi se entiende
Besos
 
Aquí el tema que nos ocupa es el caso de Murray y querer pasar por como se llamaría en España no nos soluciona nada.

¿Un simple comentario es "hacer pasar algo" por otra cosa? ¿Habló acerca de "solucionarnos algo" con ese comentario?

Él habló del delito, no de las penas.

Kapital: Jamás se le podrá absolver de no tomar las precauciones necesarias para la administración de ese medicamento y de no contar la verdad a los paramédicos.

Eso ya es negligencia médica y en España sería homicidio imprudente (art 142.3), ya que por sus actos imprudentes en su labor médica se produjo una situación donde una persona ha fallecido.

La única que ha hablado de penas, eres tú.

Y efectivamente, tiene razón cuando dice que el delito por el que se está procesando a Murray, homicidio involuntario por parte de un profesional de la medicina, sólo se podría comparar en España al homic. imprudente prof.

Si tú quieres hablar de las penas, no sólo estás sacando un simple comentario de contexto, sino que le estás atribuyendo un sentido y unas palabras que él no ha dicho.

Hubiera sido bastante más sencillo decir: Estoy de acuerdo, sólo que la pena en España sería diferente.

Y todos te habríamos dado la razón.

Eres muy impulsiva y eso te lleva a errores, lo cual no es malo. Lo malo de equivocarse y prejuzgar, no es el hecho de equivocarse, sino la actitud que se tiene después.
 
Última edición:
Que más da lo que sea en España o en Madagascar.
El juicio es en USA/EEUU , alguien de aquí ha estudiado derecho allí? Que yo sepa no. Lo que hacemos son suposiciones y comparaciones con España pero nadie nos dice que haya algo que no sepamos de ese derecho.
YO también tengo el código penal al lado pero eso no va a solucionar nada. Decir que está en el art 142 o 186 o el que sea no sirve en este caso. Si MJ hubiera sido de Cuenca pues vale, pero resulta que todo ha pasado en EEUU y yo la legislación americana nunca la he trabajado. Y si nos dejamos llevar por lo que pone en internet de la legislación californiana pues vamos apañados.

Por qué no discutimos o debatimos sobre aquello que sale en el juicio? en vez de irnos por las ramas en algo que no sabemos y que no nos va a servir para nada.
Por que al juez Pastor, Chernoff y Brazil le da exactamente igual la legislación española. Y quizás en los ordenamientos de allí haya una solución al caso y no lo sepamos.

Kapita, yo no soy palmera de nadie. Simplemente doy mi opinión al igual que tú haces aquí. Tú también tiene mucha gente que te sigue la corriente y te manda agradecimientos y nadie ha dicho que sean tus palmeros.
 
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